A través del presente solicitamos reunión con el Director de Obras para solucionar el alcance de la intervencion en el espacio publico en alvaro casanova 1611 dado que el Art 2.2.4 exije que " ... cuando se trate de proyectos acogidos a la Ley Nº 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria, cuyo predio esté afecto a utilidad pública por el Instrumento de Planificación Territorial. En estos casos, el propietario estará obligado a urbanizar y ceder, únicamente, la superficie del predio afecta a utilidad pública indicada en el citado instrumento" , sin embargo el serviu nos exigio hacer el perfil hasta el eje de calzada, que estaria fuera de la exigencia |