Audiencias - Año 2017 - Agustín Pérez - Audiencia MU120AW0294342

Información General
Identificador MU120AW0294342
Fecha 2017-05-25 10:00:00
Forma Presencial
Lugar dom( inspección fiscalizar si la obra cumple con permiso)
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Jorge Quinto Hernandez villarroel Gestor de intereses Jorge Quinto Hernandez Villarroel
Materias tratadas
Ninguna de las anteriores
Especificación materia tratada
Ampliación de un segundo piso adosado al muro medianero que no cumple con las normas debido a que colindo por la parte posterior, ya que esta construyendo una ampliación que no cumple con la ley general de urbanismo y construcción y ordenanza general de urbanización (OGUC) que afecta y perjudica mi propiedad y la seguridad de mi familia.

La propiedad esta ubicada en Pasaje Santa Magdalena 849, perteneciente a la señora Yolanda Villalon Mino no cumple con los con la ordenanza general de urbanismo y construcción en por lo menos los siguientes puntos:

1- No cumple el máximo de adosamiento, indicado en certificado de informaciones previas de la propiedad, que señala que el adosamiento es según la OGUC. En el articulo 2.6.2. punto 1 de la OGUC, indica que el adosamiento no podrá exceder el 40% del total de la longitud del deslinde, siendo que la vivienda tiene ampliaciones que alcanzan el 100 % del deslinde. Deslinde 9.4 metros, ampliación proyectada 9m lo implica un adosamiento de 94%

2- No se cumple la altura máxima de deslinde de 3.5 metros, segun articulo 2.6.2. punto 2. En la vivienda se encuentran construyendo un edificio de 2 pisos adosado al deslinde que supera la altura máxima.

3-En articulo 2.6.2. indica :
- El adosamiento debe circunscribirse bajo el angulo de 45 grados medidos de punto mas alto (No se cumple)
-Se debe construir un muro de 2 mts de altura y debe ser resistente al fuego F-60 (No se cumple)
-Debe presentarse un informe estructural de las ampliaciones (No se cumple)
- Para resguardar las condiciones de privacidad de los vecinos, los vanos (ventanas) ubicados a una altura superior al muro de adosamiento, deberá cumplir con los distanciamientos señalados en cuadro respectivos de articulo 2.6.3. (No se cumple)
- El adosamiento deberá contemplar con un sistema de aguas lluvias que no afecte a los vecinos (No se cumple)