En relación a Parcela N° 1 denominada Doña Elena, ubicada en Camino a Lonquén Sur S/N°, ROL SII N° 752-21
Abordar la dificultad de desarrollar de forma productiva la propiedad mencionada, dada la exclusividad de uso de suelo, en relación al tamaño del sitio.
Reporte de Director de Obras Municipales: Se plantea por parte de Lobistas las dificultades que genera en la mantención del uso de suelo agrícola en la Parcela 1, y consultan respecto de las posibilidades de desarrollar actividades económicas en dicho predio. Al respecto se les informa de la aplicación del Artículo 55 de la LGUC, que define que para desarrollar actividades distintas a la explotación agrícola del predio y/o la construcción de la vivienda del propietario, es necesario tramitar los respectivos IFC en la Seremi de Agricultura y la Seremi de Vivienda y Urbanismo. A su vez se les informa de los alcances del Artículo 145 de la LGUC y del Artículo 2.1.26 de la OGUC, respecto de la posibilidad de consultar en una vivienda el funcionamiento de un pequeño comercio, industria artesanal o el ejercicio de una actividad profesional, mientras su destino principal subsista como vivienda. |