los inmuebles Roles N°185-27 y 185-62, de la localidad de Maipo, Comuna de Buin, admiten una densidad de 16 habitantes por hectárea, comprendiendo entre ambas 8 hectáreas totales, 7 urbanas y 1 rural.
Es del caso que según lo indica el Artículo 4.3. inciso 3º del PRMS, para los efectos de la aplicación del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que, en tanto no se formulen o ajusten y aprueben los Planes Reguladores Comunales de Curacaví, María Pinto, Melipilla, San Pedro, Alhué, Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante, Isla de Maipo, El Monte, Buin y Paine, en sus Áreas Urbanizadas, la Densidad Bruta Máxima de Proyecto será la que se indica para cada caso, exceptuándose de esta norma, los proyectos correspondientes a conjuntos de viviendas sociales conforme a las características establecidas en el Título 6° Reglamento Especial de Viviendas Económicas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para los cuales regirá la norma de excepción señaladas en el inciso 2º, cual es que se exceptuarán los proyectos de conjuntos de viviendas sociales que se emplacen en predios de superficie no superior a 5 Há., que podrán alcanzar una Densidad Bruta de Proyecto de hasta 300 Hab/Há. |