A propósito del amparo fallado por este Consejo, rol C2999-18, la Fundación denuncia que la falta de información entregada por las Comisiones Médicas en lo relativo al horario de término de las sesiones -del que dichos organismos indican es un dato inexistente- es una "mentira", pues han obtenido documentación de la Superintendencia que evidencia que dicho registro sí existe. Plantean que esta deliberada barrera al acceso a la información impide controlar el accionar de las autoridades y que tiene variadas implicancias para la ciudadanía, como la imposibilidad que otros organismos públicos lleven adelante sus tareas..
Se les informa cuál es el procedimiento del seguimiento de decisiones que realiza la Dirección de Fiscalización previo a plantear la posibilidad de que el Consejo Directivo instruya un sumario por denegación infundada de acceso a la información.
La Fundación compromete la presentación de un téngase presente al Consejo Directivo con todos los antecedentes que avalan su planteamiento. |