Audiencias - Año 2019 - Alejandra Novoa - Audiencia BC001AW0631721

Información General
Identificador BC001AW0631721
Fecha 2019-04-22 12:00:00
Forma Presencial
Lugar Ahumada 48, Piso 4
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Fernando José Perez Villalón Gestor de intereses Fernando Pérez Villalón
Federico Eisner Gestor de intereses Federico Eisner Sagüés
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Santiago de Chile, 18 de marzo 2019


Estimada Sra. Alejandra Novoa
SEREMI de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Presente


Mi nombre es Fernando Pérez Villalón, RUT 9.033.923-0, escritor y académico de la Universidad Alberto Hurtado, donde dirijo el Departamento de Arte. Me dirijo a usted, como responsable del proyecto Folio N° 201631, para ponerla al tanto de una situación grave que afecta al mismo y a un gran número de otros proyectos, y solicitarle una solución.

Debido a una modificación reciente en las revisiones de las rendiciones de fondos, se están rechazando a partir de enero todos los gastos hechos por medio de tarjeta de crédito (del titular del proyecto o terceros, pese a que el dictamen 16096 de la Contraloría plantea excepciones para transacciones que lo hagan necesario, como los pasajes internacionales, el cual es nuestro caso). Hasta esa fecha, este sistema de gasto era aceptado y aconsejado por los revisores. Solo se solicitaba demostrar el gasto presentando las cartolas bancarias correspondientes. Con este cambio incongruente de criterio, se nos está solicitando la devolución de dos tercios de los recursos otorgados para la realización de nuestro proyecto.

En primer lugar, nos parece gravemente injusto que se modifique abruptamente el sistema de revisión de las rendiciones, contraviniendo una práctica aceptada previamente y por ende sumamente común entre los ejecutores de proyecto. En nuestro caso, resulta completamente absurdo pasar de tener aceptada la casi totalidad de los gastos a encontrarse con la exigencia de devolver dos tercios de los fondos. La propia revisora financiera y nuestro supervisor de proyecto nos hicieron ver que les parecía una situación lamentable, y que tenían conciencia de que ella afectaría gravemente a muchísimos de los proyectos con rendiciones pendientes.

Resumiendo los últimos pasos en el proceso de rendición del proyecto, a inicios del 2018, se nos entregó un informe de revisión en el que se indicaba que “Hasta el momento se encuentra rendido el monto de $1.004.569.- conforme al ítem presupuestario. Al Responsable del Proyecto le falta aún por rendir o aclarar el monto de $325.367.- en relación con el monto total asignado.” Luego de muchas demoras, logramos agendar una reunión con el revisor del proyecto, en la que se nos solicitó entregar documentación adicional, se nos aseguró que el proyecto sería revisado con prioridad, y se nos confirmó que entregada esa documentación el remanente por rendir sería cercano a $0. Entregamos la documentación solicitada el día siguiente a la reunión. El 13 de marzo de 2019, se nos entregó un nuevo informe financiero en el que se nos exige devolver el monto de $867.938, “ en atención en haber aceptado erróneamente gastos rendidos en Revisión Financiera de fecha 15/01/2018”. En la reunión solicitada para aclarar este informe, se nos comunicó que dicho cambio obedecía a la necesidad de responder a dictámenes de Contraloría (16.096 y 86.461).

Por otra parte, nuestro proyecto fue ejecutado el año 2015, los documentos de la rendición se entregaron dentro de los plazos reglamentarios, y la demora en cerrarlo se ha debido tanto a la lentitud en la realización de las revisiones como a lo que nos parece una actitud negligente del supervisor del proyecto, Rodrigo Contreras (a quien le manifestamos en repetidas ocasiones nuestra molestia por la lentitud en responder a nuestras entregas de documentos, solicitudes de reuniones, acusar recibo de mensajes o responder consultas relacionadas con el proyecto). Comprendemos la situación de sobrecarga de trabajo en la que se encuentra el personal del Ministerio en estas áreas, pero nos parece que ello no debiera generar retrasos tan extremos que acaben por perjudicar a los ejecutores de proyectos. Al final de esta carta encontrará usted una Relación de comunicaciones con nuestro supervisor, donde se da cuenta de los problemas a los cuales hacemos mención más arriba.

Este año recibí una invitación a colaborar como jurado en el concurso de mejores obras literarias del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, debido a que el año 2017 fui uno de los ganadores del concurso. Para desempeñarme en dicha tarea, no puedo tener ningún proyecto pendiente, por lo que se solicitó darle prioridad a la revisión del proyecto Folio N° 201631. Sin embargo, la modificación en las reglas de rendición me pone en la situación de no poder aceptar el cierre del proyecto con el último informe financiero, que me parece injusto. Resulto, en este caso, doblemente perjudicado, al quedar inhabilitado como jurado y al conservarse abierto un proyecto que se debió haber cerrado hace años.

Para resumir, querría subrayar:
- Que una demora de 4 años para cerrar la rendición de un fondo es a todas luces excesiva, y que en este caso se debió principalmente a la negligencia de nuestro revisor, que nos perjudicó injustamente, ya que de haberse cerrado este proyecto en un plazo razonable, el actual cambio de criterio en la revisión de cuentas no nos hubiese afectado.
- Que no corresponde modificar unilateralmente las reglas mediante las cuales se revisa y rechazan o aceptan los gastos rendidos, menos aún cuando el error es de la institución que acepta haber aceptado equivocadamente gastos ya rendidos.

Me parece importante destacar además que estamos lejos de ser el único proyecto que se encuentra en esta situación. Debido a que la aceptación de rendiciones de gastos hechos con tarjeta de crédito era hasta hace recientemente una práctica común en los fondos de cultura, muchísimos proyectos se encontrarán en la situación de tener que devolver porcentajes importantes de los fondos otorgados. Esto resulta claramente injusto, desprolijo, y completamente contrario a los propósitos del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Solicitamos, por tanto, poder reunirnos con usted para plantear con mayor detalle esta situación y ser informados sobre los posibles caminos de solución que el Ministerio está buscando para este problema que afecta a nuestros proyecto y a muchos otros artistas y gestores, que trabajamos por la promoción de las artes y la preservación de nuestro patrimonio cultural. Cordiales saludos

Fernando Pérez Villalón

Los gestores de intereses Señores Fernando José Perez Villalón y Federico Eisner Sagüés dan a conocer los inconvenientes causados en la rendición de su proyecto el “cambio de criterio de la SEREMI RM” respecto al rechazo de todos los gastos hechos por medio de tarjeta de crédito, del titular o de terceros, lo que va en línea contraria a lo señalado por la CGR en el Dictamen 16096, por ejemplo, que lo acepta cuando la transacción sea necesaria (pasajes aéreos). Más aún, agrega que según su opinión no corresponde modificar unilateralmente las reglas mediante las cuales se revisa y rechazan o aceptan los gastos rendidos, menos aún cuando el error es de la institución que acepta haber aceptado equivocadamente gastos ya rendidos.
Nelly Gutiérrez, Encargada Jurídica Regional y Seremi (s), indica que la CGR efectivamente permite utilizar tarjeta de crédito en situaciones excepcionales en la ejecución de proyectos. Siendo estas cuando la naturaleza de la transacción haga indispensable recurrir a este medio, cuando el monto de la transacción haga indispensable recurrir a este medio, y que el medio de pago sea utilizado para el sólo efecto de adquirir bienes o servicios necesarios para el cumplimiento del proyecto. Ver Dictámenes 73.687 de 2012, y 16.096 de 2017.
Seguidamente, Nelly Gutiérrez agrega que, el Informe Final de la CGR N° 758, remitido a esta SEREMI el 28/01/19, señala que para se autoricen gastos efectuados por terceros distintos al responsable del proyecto las bases de postulación deben autorizar esto en la medida que se efectúen por cuenta y riesgo del titular de la iniciativa. De lo contrario, se estaría infringiendo el principio de estricta sujeción a las bases, consagrado entre otros dictámenes en el 86.461 de 2013.
En ese marco, y a objeto de poder avanzar nuevamente en la revisión del proyecto se acuerda ingresar a revisión financiera nuevamente el proyecto. De igual modo, el Señor Pérez y Eisner indican que someterán a consideración de la CGR lo expuesto de modo de favorecer la revisión de este y otros proyectos.