Se busca en la Reunión determinar un procedimiento para llevar a cabo algunas medidas de mitigación de la EIA "Mini centrales hidroeléctricas de pasada Palmar - Correntoso" res 380 3/7/2008.
Respuesta:
El requirente presenta consulta respecto a la modificación de medida de compensación, referida a la titularidad a ser traspasada de una sede social para las distintas actividades locales (predio no menor a 0,5 hectárea y no menor de 200 mts 2 construidos).
Al respecto se le indica debe efectuar consulta a las comunidad de Calbuco, como a las afectadas indirectamente, con el objetivo que esta se resuelva y posteriormente hacer la solicitud respectiva al SEA Región de Los Lagos. |