Se desea realizar una gestión previa, para entender respuesta desfavorable entregada por la SMA respecto de la disminución de la frecuencia de monitoreo., entendiendo que SEA está derivando a la SMA todas las consultas de pertinencia que tienen que ver con monitoreos, y seguimiento ambiental de proyectos basados en un instructivo (archivo adjunto), indicando en sus respuestas el siguiente párrafo.
"En el Ord. N°202099102691, de fecha 30 de noviembre de 2020, emitido por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental a la Superintendencia del Medio Ambiente, se señala que en virtud de las coordinaciones y acuerdos alcanzados en reuniones de trabajo internas entre ambas instituciones, a fin de actuar de forma coordinada; se determinó que las consultas de pertinencias recepcionadas por el Servicio de Evaluación Ambiental asociadas a cambios o modificaciones a los monitoreos establecidos en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), de su frecuencia y/o continuidad, así como de otros aspectos asociados al seguimiento de un determinado proyecto o actividad serán derivados a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)". |