En esta reunión se solcitara información sobre resolución exenta N° 8/ROL D-190.2022, por antecedentes del proceso sancionatorio de la respecta resolución, junto a la información sobre las denuncias presentadas en la SMA el 4 de noviembre del 2021, el 18 de enero del 2022, 24 de enero del 2022 y el 3 de marzo del 2022 por la afectacion de humedales urbanos Quirilluca y Campiche, y la generación de material particulado a causa de las obras del proyecto. Además estado de informe de Fiscalización DFZ-2021-3099-V-SRCA, ya que hasta la fecha de hoy no existen antecedentes publicos sobre sanciones, multas o la Evalucion de un estudio de impacto ambiental, porque lo que no esta aun construido del proycto entre los kilometros 11 y 17, contienen especies en categoria de conservación y cuerpos de agua (vertientes), que seran intervenidas sin la autorización de las organizaciones competenes CONAF y MMA, este ulitmo fallando en contra de la tala de las siguientes especies: Belloto del Norte, Tayu del Norte (Semillero y germinación natural), Canelos y Naranjillo, mediante resoluciones N°2/2023, N°264/2020 y N° 861/2021 de la direccion ejecutiva de CONAF. |