Audiencias - Año 2023 - Diego Flores - Audiencia AW002AW1288513

Información General
Identificador AW002AW1288513
Fecha 2023-05-16 12:30:00
Forma Videoconferencia
Lugar Hará la conexión por plataforma teams Diego Flores Arrate, Jefatura Depto. Áreas Protegidas de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad. Ante cualquier consulta tomar contacto con Claudia Parada cparada@mma.gob.cl
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Tomás Bravo Gestor de intereses Tomás bravo Hepp
Jaime Andrés Bravo Hepp Gestor de intereses Jaime Bravo
FELIPE ESTAY Gestor de intereses Felipe Estay
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
DECLARA SANTUARIO DE LA NATURALEZA RÍO COCHIGUAZ CVE 2106400 afectando predio colindante de propiedad de tercero que no participo del proceso y no se le consulto el gravamen respecto de su terreno

INFORME DE REUNION

“Con fecha 16 de mayo de 2023, se reunieron representantes de propiedad privada en el sector de emplazamiento del santuario de la naturaleza (SN) Cochiguaz, con funcionarios del MMA, Diego Flores, jefe departamento de Áreas Protegidas, y Pamela Fernández e Ivory Alarcón, ambas profesionales del mismo departamento. Los representantes de la propiedad privada, señalaron no haber sido consultados respecto del acto administrativo (DS 55/2021 MMA) que creó el señalado SN. Se declararon interesados en velar por la protección de la zona, pero preocupados por los eventuales efectos que el gravamen pudiese tener sobre el derecho de propiedad de sus predios involucrados. Señalaron tener conflictos con la comunidad (Canihuante), respecto de acceso y servidumbre a su predio. Desde MMA indicaron que, de acuerdo a dictamen de CGR, la creación de un SN no requiere de la anuencia de los propietarios privados, no obstante, se suele convocar a los involucrados e informarles. No se hace en todo caso un estudio de títulos. MMA señaló que la medida de SN no tiene efectos sobre disputas o conflictos territoriales entre propietarios que están en los sectores declarados SN. Los representantes además manifestaron su preocupación por que al día de hoy en el decreto, aparezca como administrador del SN sólo la comunidad Canihuante en circunstancias de que ellos tendrían predios de su propiedad en la zona decretada como SN. Se les señaló, desde MMA que el expediente del SN pueden accederlo, por la vía de una solicitud de transparencia. En virtud del análisis que realicen, pueden remitir los antecedentes que crean pertinentes de poner a la vista del MMA”.