Audiencias - Año 2021 - Juan Fernández Bustamante - Audiencia AW002AW0935642

Información General
Identificador AW002AW0935642
Fecha 2021-04-08 17:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Plataforma TEAMS
Duración 0 horas, 45 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Marco Miranda Gestor de intereses Cristalerías Toro Cristalerias Toro SpA
María Parot
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Comienza audiencia de Lobby, 08 de abril a las 17:00 horas, con la presencia de los señores:
Juan Fernández, Seremi del Medio Ambiente
Paola Cofré, Encargada de Residuos
Gabriela Parot
Juan Matias Jofré.
La materia abordada:
Se presentan los participantes de la reunión y exponen los siguientes puntos:
1. Presentación de la empresa y el problema en SINADER:

Cristalerías Toro SpA. Empresa dedicada a la fabricación de envases de vidrio para la industria alimentaria y farmacéutica, posee en la comuna de Maipú una planta de reciclaje de vidrio donde se recibe chatarra de vidrio para ser sometida a un proceso de valorización que consiste en chancado, limpieza mecánica y separación por color. El vidrio valorizado es usado como materia prima para la producción de envases. Por esta razón, esta planta que tiene como número de la ventanilla única 5453475 hasta el año pasado declaraba en el SINADER como destinatario de vidrio.
La nueva versión del SINADER, incorpora una filosofía de operación que considera la relación Establecimiento - Establecimiento para declaraciones que involucren transferencias de residuos mayores a 12 toneladas, debiendo ser el generador quien elabore la declaración y el destinatario quien acepte, corrija o rechace. También, esta nueva versión permite al destinatario realizar la declaración a usuarios no registrados en el SINADER por cantidades menores a 12 toneladas.

La implementación de la nueva versión del SINADER que incorpora la filosofía de operación antes descrita ha presentado para nuestra operación dos grandes inconvenientes que se detallan a continuación:

1. Demora en la aprobación de solicitudes al SINADER como instalación de almacenamiento temporal de residuos.

2. Incompatibilidades entre el diseño del SINADER y la ley REP.
Lo anterior se traduce en problemas operativos y legales que se resumen a continuación:
• El diseño actual del SINADER solo incorpora gestores que cuentan con lugar de acopio para los residuos recolectados.

• En la industria del vidrio, en las regiones Metropolitana, de O’Higgins y parte de la V (litoral central), se trabaja con gestores (recicladores) que no poseen lugares de acopio temporal para la chatarra de vidrio que se recolecta. Estos gestores, tienen para sus camiones con recorridos preestablecidos en los cuales recogen la chatarra de vidrio de campanas y contenedores domiciliarios. Al momento de terminar el recorrido o completar la capacidad de carga del camión, estos, se dirigen directamente a entregar su carga a nuestra planta de reciclaje de vidrio ubicada en la comuna de Maipú, donde la chatarra de vidrio recolectada es sometida a un proceso de limpieza mecánica, chancado y separación por color.


• Si bien, estos gestores tienen sus vehículos con resolución sanitaria, no pueden tramitar otro tipo de resolución que les permita ser creados como establecimientos en la Ventanilla Única y en el SINADER al no acopiar la chatarra de vidrio recolectada.


• Lo expresado en punto anterior (así como el ítem 1) impide declarar respetando la secuencia Generador – Gestor – Valorizador que se está tratando de implementar en la nueva versión del SINADER, ya que en la práctica los generadores nos están declarando directamente a nosotros, en circunstancias que los gestores (entre ellos pequeños recicladores o recicladores de base) retiran la chatarra de vidrio de los generadores (particulares, empresas y municipalidades) debiendo estos declarar a los gestores y estos últimos a nosotros.
• Lo anteriormente descrito, representa para nuestra empresa problemas administrativos, operativos y legales de consideración debido a que:
o La chatarra de vidrio es entregada por los gestores con documentación tributaria de estos y no de los generadores.
o Los generadores declaran en el SINADER directamente a CRISTALERIAS TORO y no al gestor, siendo nosotros los que debemos aceptar o rechazar estas declaraciones. En la actualidad, como empresa para poder cumplir con la ley y ayudar a los generadores a cumplir también y no rechazar las declaraciones de estos, debemos pedirles a los gestores una estimación mensual de la cantidad recolectada por generador, cotejarla con la información proporcionada por personal de romana en la planta y en una gran cantidad de casos enviárselas de vuelta a los generadores para que ellos hagan las declaraciones teniendo como destinatario a CRISTALERIAS TORO, o en otros casos usar esa información para aceptar o rechazar declaraciones que nos han enviado.

o Al final del ejercicio habrá una diferencia grande entre lo declarado en el SINADER y recibido y contabilizado por romana. Este punto es de especial interés para nuestra empresa ya que entendemos que esta información es auditable y fiscalizable.

3. A continuación se explica por parte de nuestra seremi, que se expondrá el problema en Nivel Central específicamente en el área de administra plataforma RETC para conocer qué solución a estos nudos críticos presentados podemos otorgar a la empresa solicitante. Empresa que opera en la Región Metropolitana pero también en otras regiones como se explica en la descripción del problema.