Audiencias - Año 2019 - Mauricio Maureira - Audiencia AU003AW0590151
Información General
Identificador | AU003AW0590151 |
Fecha | 2019-01-09 09:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Amunategui 95, piso 1 |
Duración | 2 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Maria Belén Rojas Videla | Gestor de intereses | Simco Spa | COMINOR INGENIERIA Y PROYECTOS S.A |
ALEJANDRO ALBERTO PUELLES OCARANZA | Gestor de intereses | Simco Spa | COMINOR INGENIERIA Y PROYECTOS S.A |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Audiencia realizada el día 9 de enero de 2019, en dependencias CCHEN, solicitada por la Sra. María Belén Rojas Videla, y el Sr. Alejandro Puelles Ocaranza representado a COMINOR INGENIERIA Y PROYECTOS S.A., para realizar consultas sobre el ordinario CCHEN (O) N°27/054. respecto de estudios en el salar de Maricunga que debe realizar la empresa y que corresponden a requisitos emanados del acuerdo de consejo 2032/2013. Participan por CCHEN Encargado de control de ventas de Litio y el Jefe de Comunicaciones de CCHEN Sr. Rosamel Muñoz. El Sr. Puelles informa del estado de los proyectos asociados a las pertenecías de la Empresa Cominor en el Salar de Maricunga, destacando que en junio de 2018 ingresaron al sistema de Calificación Ambiental el proyecto "Producción sales de Maricunga". También precisa que el foco de COMINOR ha sido buscar nuevas tecnologías para procesar litio en base a solventes, y que han realizado pruebas de laboratorio con buenos resultados. Plantean preguntas respecto del oficio 27/054 en el sentido que CCHEN, no fijo en su acuerdo que los estudios de recursos y reservas debían ser firmados por una un persona competente de acuerdo a la ley. En ese sentido se les plantea que citado acuerdo de consejo CCHEN señala que los informes deben ser realizados por terceros independientes, validados por CCHEN, y que la figura de persona competente da un nivel de certeza respecto de los estudios de recursos y reservas, y que corresponde al estándar que la CCHEN ha pedido respecto de las demás autorizaciones que ha emitido. También preguntan si hay mas cosas con las que debieran cumplir y se les explica el alcance del PRC CCHEN 088, sobre control de ventas, y sobre los controles que se han implementado con Aduanas, y que esto rige para cualquier venta de litio que se realice. También se les explica que todas las muestras de litio, en cualquiera de sus formas, que se envíen a laboratorios nacionales o extranjeros para sus análisis deben solicitar la autorización de la CCHEN. En el caso de envíos al extranjero, esta autorización será exigida por Aduanas. |