Analizar oficio emitido por el Sernageomin Atacama mediante el cual se observa el formulario de inicio de actividades ingresado por la empresa Laguna Negro Francisco SpA. El punto específico a este respecto que quisiera conversar con ustedes es el señalado en la letra 2.a. que señala lo siguiente:
“Se informa al titular que las facultades para ejercer la exploración deben hacerse por medio de concesiones mineras constituidas, los certificados de dominio vigente presentados corresponden a derechos de manifestación minera. Deberá presentar los Certificados de Dominio Vigente de las concesiones mineras constituidas, donde se desarrollará la exploración.”
El tema es que esta observación omite el hecho de que las copias con vigencia de las manifestaciones que se acompañaron se refieren a manifestaciones realizadas en el ejercicio del derecho preferente conferido por una concesión de exploración previamente constituida por el mismo titular sobre esta área. Por ende, la empresa ya tiene asegurada la preferencia sobre la misma, debiendo destacar que estos sondajes informados ya se ejecutaron en las áreas informadas, a principios de este año, y esta campaña que esperar realizarse dentro de los próximos días tiene por objeto terminar dichos trabajos.
Cabe destacar que, finalmente, dichas manifestaciones se encuentran en etapa de mensura. |