Audiencias - Año 2025 - Rodrigo Barra

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2025-01-03 10:00:00 AR006AW1732364 Gestor de intereses Rodrigo Goyheneche RDORIGO ARTURO GOYHENECHE MARIGUIN El usuario presenta al Servicio a través del CDA 0520240062223 el ingreso de un bote modelo SV año 2007 con su carro de arrastre. Al presentar el certificado de tratamiento exigido por la Resolución 971 de 2018, que establece requisitos fitosanitarios para el ingreso a Chile de productos usados que puedan vehiculizar Halyomorpha halys y su modificación, los funcionarios de la Región de Valparaíso realizan la consulta a la Sección Normativa y Tratamientos de Importación, quienes tras consultar a la Oficina de Agricultura de Estados Unidos y realizar su propia investigación les informan que se concluyó que el certificado de tratamiento de la empresa EPCS es fraudulento.

El 10 de diciembre de 2024, se generó el acta de inmovilización que se le comunica al importador el rechazo de la mercancía por presentar un certificado de tratamiento fraudulento.

Según Resolución N° 5.607 de 2019, que modifica a la Resolución N° 971 de 2018, en su resuelvo 4 indica que: “Los productos que arriben al país, con un certificado de tratamiento fraudulento, serán rechazados”.
El usuario indicó que es su primera importación y que desconocía que este certificado era falso. Además, mencionó que contrató los de servicios de la empresa ALL CARGO en Miami, Estados Unidos, para gestionar toda la logística del envío y proporcionar la documentación requerida para la importación de su lancha a Chile.

Tras una reunión con los funcionarios de Valparaíso y posterioriores comunicaciones de estos con la Sección Normativa y Tratamientos de Importación, se elaboró un informe de preinspección en el cual se concluye que, dadas las condiciones de la mercancía se puede realizar un tratamiento en destino. Asimismo, exponen la situación a través del Oficio Ordinario 3933 de 2024 a la División Jurídica de la Oficina Central, solicitando su pronunciamiento en cuanto a la reevaluación de la medida de rechazo. Sin este pronunciamiento, la mercancía sigue rechazada.
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