Queremos hablar con ustedes, sobre un Plan de compensación de suelos de un Proyecto Turístico.
Nos presentaron el plan de compensación, el cual consiste en mejorar el suelo de dos predios con clase de uso de suelo VI y IV, que presentaban como limitante la profundidad y el agua aprovechable, por lo que proponían llevar el suelo del escarpe del proyecto a estos predios en una superficie total de 10,5 hectáreas, y así aumentar profundidad y agua aprovechable, y de forma adicional incorporar un tranque acumulador de agua.
SAG: La respuesta del SAG fue que la profundidad no era una limitante, si no que la limitante existente (en este caso pedregosidad) es la que incide en la profundidad, además indicamos que dicho Plan debe ajustarse a lo indicado en las Pautas tanto del SEA como del SAG y que debe estar bien fundamentado cuando se presente al SEA. Por otro lado, se les informo que el tranque acumulador no es parte de una compensación en un Estudio. |