La insistencia en no respetar la resolución judicial que ordena suspender la circular 475, que por esto mismo ya pasó el plazo de 6 meses para la aprobación de la solicitud de subdivisión establecido en el art. 27 de la ley 19880. Que a la vez ya pasó el plazo para resolver el recurso de reposición presentado del art. 14 de la ley 19880.. Todo sin ninguna justificación, además de que "tengo que esperar la orden de la oficina central". Todo generando un daño tremendo a personas y a un proyecto en forma absolutamente abusiva, contra el Estado de Derecho y la Institucionalidad del país.
Participaron en la reunión la Sra. Valeria Carrasco S., Directora Regional, el Sr. Héctor Cuevas G., Enc. Regional Jurídica,. El Sr. Guzmán quería saber fecha en la cual le iban a certificar su trámite SPR, a lo cual se le indicó que su trámite sigue en análisis y que se enviarán Oficios a las instituciones respectivas y si no hay respuesta de dichas insituciones en un plazo prudente, el Servicio le enviará respuesta. |