El interés en negociar y conversar sobre las maderas siniestradas existentes en el fundo de San Jose del Ala en la comuna de San Carlos.
Se Informa al Sr. Juan Franco que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 letra h) de la Ley N°18.755 orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, es atribución del Director Nacional h) Celebrar toda clase de actos jurídicos a cualquier título, que afecten a sus propios bienes y recursos, a los recursos que administre por mandato de la ley y a los bienes que con ellos adquiera.
Por dicho motivo, esta facultad no es competencia de esta Dirección Regional, debiendo realizarse dicho requerimiento al Nivel Central. |