Audiencias - Año 2018 - Oscar Camacho - Audiencia AR006AW0484222
Información General
Identificador | AR006AW0484222 |
Fecha | 2018-06-27 10:05:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Avenida Presidente Bulnes N° 140, piso 8° |
Duración | 0 horas, 35 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Germán Claro | Gestor de intereses | German Arturo Claro Lyon |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Soy propietario de la marca los lingues, se modifico decreto ley 464 y incluyo los lingues como localidad rural denominación de origen,existiendo un juicio activo sobre esta materia, no hubo consulta publica sobre la materia y la beneficiada es la viña demandada la cual ha perdido judicialmente en todas las instancias. Decreto 56/2017 que Modifica Decreto 464/1994 del Ministerio de Agricultura, incluyó a la localidad rural de Los Lingues, como Denominación de Origen (Establece Zonificación viticola) El Sr. Claro informa sobre juicio por uso de marca, con Denominación de Origen “Los Lingues”, la cual él usaba para producción agrícola, vitivinícola, hotelería etc., hasta que posteriormente Viña Casa Silva llegó a las cercanías a utilizar la marca Los Lingues. SAG explica la diferencia que existe entre la “marca registrada” y la “denominación de origen” y además aclara que al incluir Los Lingues como zona vitivinícola (DO) pueden usufructuar colectivamente de dicha denominación, no así de la marca, que si es propiedad exclusiva del Sr. Claro. El Sr. Claro afirma que su marca, no puede ser usada por otra persona y que al haber incluido a Los Lingues como Denominación de Origen, permite su uso a personas que están en otras localidades, como es el caso de Casa Silva, que está ubicada en otra localidad e igualmente pueden utilizar la DO Los Lingues, lo cual le afecta negativamente. Además informa que por Ley de Transparencia solicitó al SAG el expediente que respalda el Decreto. SAG manifiesta que esos antecedentes deben estar en el Minagri-ODEPA El Decreto indica que esta Denominación de Origen “Los Lingues”, puede ser utilizada sólo por la localidad de Los Lingues, por lo que el SAG se compromete a informar al Sr. Claro cuáles son los límites de dicha localidad, según el Decreto 56/2017 Sr. Claro informa que presentó recurso de protección respecto de esta situación, el cual fue admisible. SAG informa que la diferencia que existe entre la marca Los Lingues registrada por el Sr. Claro y la Denominación de Origen Los Lingues autorizada por Decreto puede ser utilizada por todos los que están en la zona. SAG se compromete a entregar todos los antecedentes técnicos que como Servicio se entregaron para el análisis de la modificación del Decreto |