Audiencias - Año 2017 - Eduardo Figueroa Goycolea - Audiencia AR006AW0297480
Información General
Identificador | AR006AW0297480 |
Fecha | 2017-05-24 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Sala de reuniones Dirección Regional |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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ANGELA PATRICIA ESPINOZA CANCINO | Gestor de intereses | ESPINOZA Y COMPAÑIA LIMITADA |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Importación de Dolomita Triturada para uso industrial, carbonato de calcio para uso industrial y sulfato de calcio para uso industrial, materia prima, la que es procesada en Nuestra industria ubicada en Victoria en molino triturador y cuyo producto final es vendido en un 90% para uso agricola. Estamos teniendo problemas con la internación de la materia prima, ya que aduana esta exigiendo CDA y es imposible que SAG lo emita, ya que el producto es de uso industrial. Es importante dejar en claro, que la materia prima importada es procesada en nuestra planta o industria y el producto final obtenido es de uso agricola, el cual es fiscalizado por SAG. Se encomienda audiencia a Encargada de Protección Agrícola y Forestal, Abogada y Encargado de Controles Fronterizos. Planteamiento: La Srta. Angela Espinoza venía a representar ante SAG la problemática que ha tenido en CC.FF. Pino Hachado para el ingreso de sus camiones con importación de producto “Dolomita triturada para uso industrial”; porque el Servicio Nacional de Aduanas luego de haber realizado fiscalización a su empresa y al procesamiento de dolomita para uso agrícola (fertilizante) en la ciudad de Victoria en el año 2016 y marzo de 2017, “encontrando las mismas observaciones”, sólo hasta ahora surge el problema de la retención de los camiones en Puerto de Ingreso. También agregó que, el SNA le solicitaba CDA, el cual no era otorgado por el SAG, por cuanto no correspondía a un fertilizante “terminado”, sino que éste venía para procesamiento en su empresa. Manifestó que este problema era con SNA y no con SAG, pidiendo audiencia con el Director Regional de SNA Talcahuano por intermedio de su Agente de Aduanas, la cual fue denegada. Respuesta: el SAG tiene su legislación respecto de fertilizantes y que, actualmente, en la condición de “industrial” no se puede otorgar un CDA en el Puerto de Ingreso. Los artículos que ingresan como importación se basan en categorías de riesgo y, para emitir CDA debía ingresar bajo la denominación de “uso agrícola” deben acompañarse de un Certificado de Análisis de Laboratorio argentino y Certificado de SENASA, situación que no es factible de acuerdo a lo informado por ella. La situación deberá ser reevaluada por parte del SNA y esperar respuesta a los planteamientos de su empresa. Acuerdos: No hubo acuerdos, ya que el planteamiento de la recurrente, explicita problemas (aranceles, descripción) con SNA. |