Audiencias - Año 2024 - Christopher Carrera - Audiencia AQ001AW1573030
Información General
Identificador | AQ001AW1573030 |
Fecha | 2024-06-11 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Moneda 970, piso 11 |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Anyeline URRUTIA | Gestor de intereses | ANYELINE ANNELISE URRUTIA JAMASMIE | |
Cristian Diocares Castillo | Gestor de intereses | CRISTIAN DIOCARES CASTILLO |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
De mi consideración: Me permito molestar su atención frente a un hecho, creo inédito, que ha ocurrido en este Servicio, concretamente en el departamento de regularización de posesión de la pequeña propiedad raíz DL 2695. En representación de doña María Díaz Millar y de don Raúl Diaz Millar, según consta de solicitud autorizado ante Notario Público, el cual se acompañó oportunamente a ese servicio durante el mes de febrero del año 2019, presentación efectuada en este Servicio y que corresponde a la solicitud de regularización de posesión de un terreno cuya tenencia data desde más de 40 años, como consta en el expediente 92764, en los respectivos documentos que así lo acreditan. Dicho trámite a la fecha aun no concluye con la orden inscripción del C.B.R de San Bernardo, a nombre de los solicitantes, toda vez que ese Servicio no ha dado solución a la situación creada, encontrándonos con varios reparos por parte del C.B.R sin que a la fecha se hayan subsanado. Ante la paralización de esta gestión, he solicitado innumerables audiencias por la Ley Lobby, siendo atendida en la mayoría de las veces por la encargada de regularización Sra. Berenice Veliz Moreira quien en ninguna de las reuniones ha dado soluciones, señala fechas que no se cumplen. Es más, me ha pedido que los solicitantes subsanen uno de los reparos, cuestión bastante extraña por cuanto en el DL 2695 no establece en ninguna parte que, sea el solicitante quien realice esta gestión, generalmente quienes hacen solicitudes son de escasos conocimientos. Pues bien, en última reunión pedí rechazar la solicitud de regularización con el objeto de recurrir antes los tribunales civiles y sea el Juez quien ordene su inscripción, sin embargo, la Sra. Bereneci se negó, de modo que nos deja en la indefensión total. Cabe señalar que los solicitantes son personas de avanzada edad, una de ella 90 años y el otro con graves problemas de salud. La gran preocupación de ambos es dejar a su tercer hermano el cual es analfabeto en el abandono total sin tener este terreno sin regularizar. He esperado pacientemente casi cinco años, y aún no es posible inscribir el inmueble en el C.B.R que permite a los solicitantes obtener la inscripción de dominio. Esta situación para la Abogada que suscribe y con más de 15 años en el ejercicio de la profesión, creo no tiene precedentes, y está causando a los solicitantes, día a día perjuicios que van en aumento, lo que parece inaceptable. Ante lo anterior solicito al Sr. SEREMI arbitrar las medidas que el caso amerite ordenando se subsanen los reparos formulados por el C.B.R de San Bernardo, a la brevedad, y al mismo tiempo si usted así lo amerita se apliquen sanciones administrativas que sean procedentes a la funcionaria ya nombrada que por cierto no prestigia al Servicio. En la certeza de que existirá en el corto plazo una solución definitiva al problema suscitado ya descrito, le saluda atentamente. |