En particular, informarme sobre las distintas peticiones que he solicitado en representación de don Pablo Pinto Carreño, y que han tenido diversas resoluciones. Como ejemplo señalo que, con fecha 10 de octubre del corriente, se me notifica resolución conforme a Ordinario N° E-7045, en el cual se indica que "No se reingresarán los antecedentes que ordena la inscripción a nombre de mí representado ante el conservador respectivo", y luego, ante la interposición de los recursos de recurso de reposición administrativo realizado por esta parte, se resuelve, con fecha 26 de octubre de 2023, Ordinario N° E-76498, que "El Servicio no ha resuelto lo que indico, es decir, no ha resuelto lo que me fuera notificado con fecha 10 de octubre del corriente.
Agrego que, conforme a la página del servicio, al consultar el expediente N° 118604, señala "Resolución Final" Si no hay oposiciones de terceros en un plazo de 60 días hábiles, se solicita la inscripción del inmueble a su nombre en el conservador de bienes raíces que corresponda. .(Etapa 3 de 4). Lo anterior de fecha 12 de octubre de 2023.
Pero hay más, con fecha 21 de noviembre de 2023, me notifican por correo electrónico la siguiente resolución:
Junto con saludarlo y en relación a la solicitud SIAC-RE-W-0694750 presentada por usted con fecha 07 de noviembre de 2023, centrada en “Solicita lo que indica conforme a escrito que se acompaña”., debemos informar que de conformidad a lo solicitado, dentro del plazo de diez días hábiles, la abogada encargada de la Unidad de Regularización, Berenice Veliz resolverá el recurso pendiente y se notificará a la brevedad mediante correo certificado. |