Audiencias - Año 2022 - Pablo Flores - Audiencia AQ001AW1124103

Información General
Identificador AQ001AW1124103
Fecha 2022-05-17 11:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Plataforma zoom.
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Isidora Ramírez Gestor de intereses Laurent Armand Vial Danguin
María Cánepa Gestor de intereses Mendez Ruiz Tagle y Cía Laurent Armand Vial Danguin
Laurent Armand Vial Danguin Gestor de intereses Laurent Armand Vial Danguin
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Estimado SEREMI, en representación de don LAURENT ARMAND VIAL DANGUIN es de nuestro interés que se fije el deslinde de la propiedad de don Laurent ubicada en Frutillar Bajo que deslinda con el Lago Llanquihue, bien nacional de uso público, con el afán de que el propietario sublite pueda cercar su propiedad sin exponerse a las multas contempladas en la ley en caso de impedir el libre acceso a las playas. Con fecha 03 de septiembre de 2021 se impetró una Solicitud de Fijación de Deslindes a vuestra cartera. Desde entonces, se enviaron los pertinentes oficios al Depto. de Defensa de Obras Fluviales, señalando a fin de cuentas que competía al solicitante presentar los correspondientes estudios (de títulos, levantamiento topográfico, fotografías aéreas y estudio de aguas máximas y mínimas), todo de conformidad a la legalidad vigente, tanto relativa a BN, como a la DOH y SHOA.

Vista la complejidad del asunto, más cuando por ley “Corresponderá al Ministerio de Tierras y Colonización, fijar los deslindes de los bienes nacionales de uso público que constituyen los cauces de los ríos, lagos y esteros, conforme al procedimiento que se señala en los números siguientes”, para lo cual debe oír previamente al Departamento de Obras Fluviales, que debe informar sobre esta materia por medio de un informe técnico”, es que solicitamos el apoyo técnico en esta cuestión.

Añade dicha norma legal que “Todo propietario riberano tendrá derecho a pedir que se fije administrativamente el deslinde de su predio con el bien nacional de uso público que constituye cauce de río, lago o estero, siempre que deposite en arcas fiscales la suma que el Departamento de Defensas Fluviales indique como correspondiente a la mitad del costo de la fijación de dicho deslinde y que se compromete a contribuir con los fondos que sean necesarios para la construcción de las defensas que proyecte el Departamento de Defensas Fluviales para mantener el deslinde fijado”. En este sentido, el propietario está dispuesto a enterar la mitad de dicho costo, siempre que no sea exhorbitante. Pero no la totalidad, como se señala, ilegalmente en el Oficio No 261 que fue dirigido por la DOF DOH a la Directora Regional de la DOH con fecha 31.01.2022 y luego remitido a su cartera, donde se señala insólitamente Finalmente, cabe señalar que no existe por parte de este Servicio una poca o nula
voluntad de realizar el Informe Técnico al cual alude el Decreto N°609/79 y tampoco tiene
relación con que se deposite o no un cantidad de dineros en las arcas fiscales, sino que, no
cuenta ni con recursos financieros ni físicos para realizar los estudios necesarios que den
origen al Informe que solicita la Seremi de Bienes Nacionales, no solo para los sectores
consultados, sino que para todos los sectores donde se han requerido deslindes.

Es por ello que queremos reunirnos con Ud., sin afán de quitarle mucho tiempo sabiendo la enormidad de materias que debe abordar en la investidura de su cargo, para solicitar que nos puedan enviar informes modelos sobre los estudios a realizar por el particular, ya que estos deben ser visados por BN antes de ser remitidos a la DOF. Sabiendo que ya implicará para don Laurent un desembolso gravoso, rogamos nos pueda atender y orientar al respecto, poniendo en contacto con el órgano técnico que ha de visar dichos estudios dentro de la SEREMIA.
Con fecha 10/05 se envió mail a la solicitante informando que la audiencia se agendó para el día martes 17/05 a las 11:00 Hrs.
El día 16/05 se volvió a enviar mail solicitando confirme participación, sin que haya habido respuesta alguna.
Con fecha 17/05 se envió vía correo electrónico el link para participar de la reunión.
Finalmente informo que la audiencia no se pudo llevar a cabo, ya que solicitante no se conectó.