Audiencias - Año 2021 - Norma Núñez - Audiencia AP012AW0969292

Información General
Identificador AP012AW0969292
Fecha 2021-07-23 10:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Debido a la contingencia las reuniones y audiencias se realizan en forma virtual.
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
FERDINAND ALBERTO SCHNETTLER CHÁVEZ Gestor de intereses Caleta Bay Procesos SpA
CRISTHIAN URRA Gestor de intereses Caleta Bay Procesos SpA
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Solicita reunión para definir el pago de indemnización de perjuicios ocasionados por Constructora LN SpA, conforme se explica en carta ingresada al SERVIU de Los Lagos con fecha 7 de julio de 2021, por oficina de partes, la cual señala lo siguiente:

Sr. Fernando Gunckel Bórquez
Director Regional
SERVIU de la Región de Los Lagos
PRESENTE
Ref.: Solicita reunión para definir el pago de indemnización de perjuicios ocasionados por empresa contratista del SERVIU de Los Lagos.

De mi consideración:

Junto con saludarle, y conforme le fue informado al SERVIU de Los Lagos (en adelante, el “SERVIU”) mediante carta de fecha 11 de febrero de 2021 (la cual se adjunta a la presente), mi representada, la sociedad Caleta Bay Procesos SpA (en adelante, “Caleta Bay”), sufrió graves perjuicios en enero del presente año, a consecuencia de una obstrucción de una de las cámaras del sistema colector de aguas ubicada en calle El Teniente, comuna de Puerto Montt, provocada por la empresa Constructora LN SpA (en adelante, “Constructora LN”), con ocasión de la ejecución de la obra “Mejoramiento Calle El Teniente Puerto Montt” (código 30127010-0).

En efecto, debido a la obstrucción provocada por la empresa referida, Caleta Bay estuvo impedida de operar su planta de procesamiento de pescado ubicada en calle El Teniente N°121 durante los días 4 y 5 de enero de 2021, atendido que le resultaba imposible disponer de sus aguas RILES, viéndose forzada a disminuir la cuota de procesos presupuestada y debiendo igualmente incurrir en gastos que no le correspondía realizar. Esta situación afectó a otros inmuebles del sector y fue constatada por la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos -ESSAL-.

Con posterioridad a los hechos relatados, y según se explica latamente en el informe adjunto, se logró determinar que los perjuicios sufridos por Caleta Bay finalmente ascendieron a la suma de USD 75.814.- . Caleta Bay ha requerido a la empresa constructora el pago de la referida la indemnización, pero a la fecha no hemos recibido una respuesta satisfactoria.

En razón de lo expuesto, y atendida la calidad del SERVIU de licitante de la obra referida y de mandante de la empresa constructora que causó los perjuicios a Caleta Bay, le solicitamos por favor sostener una reunión con los funcionarios de las unidades que sean competentes para tratar y resolver este tipo de situaciones, sea de modo remoto o de forma presencial en el lugar de los hechos, a fin de definir el pago de la indemnización de los perjuicios señalados precedentemente. A efectos de coordinar lo anterior y/o en caso de requerirse mayores antecedentes, le pedimos contactar al Sr. Ferdinand Schnettler al correo electrónico fschnettlerc@caletabay.cl. Se hace presente que dicha reunión igualmente se solicitará conforme lo dispuesto por la Ley del Lobby.

Finalmente, y sin perjuicio que de nuestra intención es lograr resolver este asunto de manera amistosa, como se ha venido haciendo hasta ahora, se hace presente que el envío de esta comunicación no puede ser interpretado en caso alguno como una renuncia de los derechos o acciones que Caleta Bay pudiera tener contra las entidades, sean públicas o privadas, que resulten responsables por los graves hechos relatados.

Sin otro particular, le saluda atentamente,
a níbal Pérez de Arce Zañartu
Gerente General
p.p. Caleta Bay Procesos SpA

1.- Se le informó que no es posible efectuar pago por los concepto indicados en la carta de 07 de Julio de 2021

2.- El jefe técnico fue consultado sobre otra carta ingresada por la misma empresa sobre necesidad de correr cerco y se les informó que la respuesta se dio por oficio