Audiencias - Año 2024 - Álvaro Rojas - Audiencia AP010AW1617852
Información General
Identificador | AP010AW1617852 |
Fecha | 2024-07-11 12:10:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Prat 575 piso 5 |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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GISTAVO DURAN SOTO | Gestor de intereses | SOCIEDAD INMOBILIARIA CONASTEC LTDA. | SOC INMOBILIARIA CONASTEC LTDA |
Christian Marcelo Grau Valenzuela | Gestor de intereses | CONSTRUCTORA LIHUENCO SPA | |
Luis Alarcón | Gestor de intereses | CONSTRUCTORA LIHUENCO SPA | CONSTRUCTORA LIHUENCO SPA |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Aclarar lo instruido en ORD 4830 del 01.07.2024 emitido por este Depto Técnico, debido a que se contrapone a lo señalado en ORD 1217 del 19.02.2024, emitido por el mismo Depto, en relación al caso presentado en Condominio CSV Lo Custodio código 53330209-2. Mencionan el oficio respecto al tema de la Sra. Mercedes Suazo, ellos le dijeron que debían retirar la reja que ella tenia previo al mejoramiento, recalcan que es un espacio común, por lo que no correspondía que ella tuviese una reja. Tuvieron reuniones con la señora y el comité de administración pero ella no reconoce ni acepta lo que se le indica. Detallan las distintas reuniones sostenidas en atención a que quedan prohibidas la instalación de antejardines entre otras temas propios de la obra. Mencionan el Oficio 1217 del 19-02-2024 y posteriormente sale un oficio que se contrapone 4830_01-07-2024. Se les indica a la empresa que no les corresponde hablar por el comité y se les pide que no se abandericen por una parte, ya que eso es un problema de la comunidad, no les corresponde resolver los problemas del comité, mas bien corresponde que deben atender los temas propios de la obra, por lo que, las cosas que hubo que remover, deben quedar en la mismas condiciones que había antes de la obra. Contractualmente los prepuestos incluían las rejas, las jardineras, etc, por lo que se deberían descontar esas partidas, porque lo que se trató en reuniones de copropiedad es posterior a las condiciones del contrato. Por esta razon, se deben mantener las condiciones originales del programa, los temas de copropiedad son de la copropiedad. Se requiere que queden documentos formales de asamblea. La supervisora de la obra informa que en libro de obra esta estipulado la constante postura opositora de la presidenta del comité al cumplimiento del programa. No existe juicio por el actuar y la labor de la empresa, sólo se le pide que se cumpla el programa y tienen dos caminos, si la comunidad toma una decisión formal e incuestionable y lo presentan, podemos aceptarlo y lo otro es que instalen la reja enemistándose con una de las partes, de lo contrario estarían incumpliendo su contrato. Asistentes SERVIU: Álvaro Rojas M, Tania Villavicencio G, Miguel Basaul , Ximena Mardones, Gonzalo Villarroel. |