Audiencias - Año 2021 - Álvaro Rojas - Audiencia AP010AW0998043
Información General
Identificador | AP010AW0998043 |
Fecha | 2021-09-28 10:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | TEAMS |
Duración | 0 horas, 40 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Adolfo Espejo | Gestor de intereses | Grupo ASEF SpA | Grupo Asef spA |
Lorena Rolack Romero | Gestor de intereses | Grupo Asef SpA |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Apelación multa por oficio electrónico ordinario N° 3466 de fecha 23 agosto del 2021. Materia: Equipo profesionales especialistas de apoyo para licitaciones públicas ID 5407-142-LQ20, comuna de cabrero. ID 5407-143-LQ20, comuna de Nacimiento. Actualmente se están desempeñando en dos obras, una en Nacimiento y otra en Cabrero, solicitan apelar y reconsideran las multas, que les fueron informadas, considerando que existen atenuantes. Ingresaron una carta con fecha 03-09-21 solicitando reconsiderar las multas que están establecidas en las bases del contrato. -Indican que la primera consideración es la forma de contabilizar el plazo, como es la parte administrativa con lo que dicen resoluciones. Existe discordancia. -Motivos del atraso, se debe considerar la situación compleja respecto a la pandemia ya que se encontraban en fase 1 del plan paso a paso. Como son una empresa de Puerto Montt y que prestan servicio a distintos lugares del país, les fue difícil contar con sus profesionales en esos momentos. Señalan que cuando ellos postularon en diferentes regiones se dieron cuenta que sólo Biobío, trabaja diferente. Consideran que, por no presentar una hoja con los profesionales a tiempo, están con una multa de 40 millones y que por el estado de catástrofe se pueden tomar ciertas consideraciones, solicita cambiar el sentido de la multa. Dice que 40 millones de multa para un consultor es mucho, no es así para una constructora y él se acogió al apoyo del estado quien le aporto la misma cantidad que se le va a descontar. Indican también que esperan el apoyo del servicio porque la idea es apoyarse mutuamente. Se aclara que la multa no se cursa por sólo no entregar un antecedente, más bien porque el equipo de profesionales no estaba en terreno cuando se dio inicio a la obra. La multa no es facultativa de la contraparte, en este caso de la directora de Obra, porque esta se encuentra en las bases y es una decisión contractual. Se hará una base de cálculo para considerar la multa desde el inicio de la obra. Se están analizando los argumentos presentados en el oficio tanto del punto de vista técnico y jurídico, ya que nuestro espíritu es trabajar en conjunto con buenos consultores y contratistas, pero no podemos desentendernos de una responsabilidad administrativa, ya que podría traer problemas a la supervisora de obra porque estaría en falta. Si la constructora hubiese informado oportunamente, en el momento que estaba complicado con la pandemia por no contar con los profesionales que se requieren por contrato, no estaríamos con este problema. El problema de la prestación del servicio está resuelto, el análisis estaría para el mes de octubre. Para no aplicar una multa que las bases nos obligan a aplicar, debemos tener un pronunciamiento o fundamento jurídico. Los convocaremos a una reunión u oficiaremos la respuesta del análisis realizado. Indican que tiene 4 profesionales que cubren 7 especialidades, para que también se tome como atenuante. Asistentes SERVIU: Tania Villavicencio G, Octavio Aguilera, Enrique Araneda, Andrea Vargas, Luis Hernandez |