La Circular Ord. Nº 495, de fecha 12.08.2019, DDU 421, (actualizada en Circular 139 DDU 495 del 26 marzo 2024, Preuniversitarios) establece que las edificaciones destinadas a actividades, tales como, academias o recintos similares para impartir clases y/o talleres de yoga, cocina, pintura, música y baile, estarían comprendidas en la Clase de Equipamiento de "Servicios”.
Se deduce que los recintos para clases de pilates -similares a yoga- estarían igualmente incluidas en la Clase Equipamiento de “Servicios”, tal como los califican las municipalidades de Providencia y Las Condes.
Sobre esta base, dos centros de clases de pilates, a cargo de jóvenes profesionales emprendedores han solicitado patente (en otra municipalidad) y los funcionarios del DOM los han calificado como “Clase Equipamiento Deportes” con otros requerimientos.
Solicito a DDU explicitar ¿consideran a las academias de pilates -similares a yoga- dentro del listado de actividades comprendidas en equipamiento de “Servicios”? |