Audiencias - Año 2022 - Patricio García Sánchez
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2022-12-15 12:00:00 | AP001AW1248318 | Gestor de intereses | Heidi Schmidlin | Heidi Ana Schmidlin Moore | Solicitar una soluciòn por un fraude realizado en forma reiterada a SERVIU por parte de contratistas (EP) que estuvieron inicialmente a cargo del subsidio de Construcciòn en Sitio Propio del Cajòn del Maipo generado en conjunto con mi hijo Giovanni Cecchetto, el cual en la primera instancia se pagò, pero no fue debidamente verificado por SERVIU quien no se percató (pese a nuestras advertencias como beneficiarios), que nunca se habìa construido. Luego, en una segunda instancia, la EP Evolutiva ha demostrado una falta completa de interès y compromiso con el mencionado subsidio. De un plazo dado por decreto para su construcciòn de 90 dìas, ya lleva cuatro años y no tiene para cuando porque los errores suman y siguen. Se suma una falta absoluta de comunicaciòn con nosotros los beneficiarios y pueden pasar meses sin que contesten un correo. El proyecto no tuvo un tècnico para la instalaciòn del proyecto de alcantarillado por lo que ha sido rechazado tres veces por Seremi de Salud, y dada la falta de un jefe de obra, han habido errores de instalaciòn en todos los servicios bàscios. Cuando he consultado a los ITO para que tomen cartas en la materia, sòlo solicitan a la EP que conteste, pero los atrasos suman y ya vamos para el quinto año, sin que se les diga algo màs convincente en el respeto del plazo inicial por decreto que fija 90 dìas para la construcciòn de una casa de 45 mts2. La falta de compromiso y de respeto a todo plazo es evidente, reiterado y no tiene señales de mejorar. Necesitamos por favor que alguièn ponga un lìmite de plazo para el tèrmino de este subsidio. | Ver detalle |
2022-12-14 15:00:00 | AP001AW1240610 | Gestor de intereses | Daniel Alchahueñe | OMG Martín Luther King | Solicito audiencia con el Ministro o con quien le secunda, con el objeto de tratar la irregularidad de terrenos de a lo menos 140 entidades religiosas de Derecho Publico, del cual estamos gestionando desde hace más de 10 años traspaso a titulo gratuito como lo ha dispuesto la CGR a la entonces Ministra Sra. Saball Astaburuaga, y que en parte se logro efectuar. Política de Estado que se ha detenido en la actual administración y que tiene en precarias condiciones a los centros comunitarios erigidos por entidades religiosas en la periferia y regiones del país. | Ver detalle |
Gestor de intereses | Daniel Barrientos | 140 Entidades religiosas, agrupaciones pastorales | ||||
Gestor de intereses | LUIS ALBERTO MALDONADO | Pastor Iglesia Pastoral Pentecostal | ||||
2022-12-01 11:00:00 | AP001AW1235360 | Gestor de intereses | Marylin Elgueta | MARYLIN | Sr. Manuel José Errázuriz Secretario Regional Ministerial Metropolitano Ministerio de Vivienda y Urbanismo Presente:Junto con saludar cordialmente, mediante la presente me dirijo a usted como vecina y pobladora de la comuna de Renca de toda mi vida, así como también haciendo un análisis técnico de este proceso mediante el uso de mis conocimientos profesionales como Geógrafa, para dar a conocer mi malestar, rechazo y denunciar una serie de irregulares ocurridas en el proceso de actualización del Plan Regulador Comunal de Renca, en adelante PRC, el cual se desarrolló entre los años 2018 y junio del 2021 y que su anteproyecto fue aprobado el 09 de junio del presente en sesión ordinaria del Concejo Municipal y que desde el 07 de septiembre del presente se encuentra en su Seremía en proceso de evaluación y factibilidad técnica. Quiero dar a conocer que todo este proceso, en sus diferentes etapas, ha presentado una serie de vicios tanto tanto en su metodología como en el relacionamiento con la ciudadanía, antecedentes que sin duda le resta validez dentro de nuestra comunidad renquina, así como también incumple con la normativa vigente que regula la creación y actualización de los Planos Reguladores. En concreto hago referencia a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en adelante LGUC, y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. A continuación daré a conocer los antecedentes que justifican mis argumentos. Es indispensable que usted tenga conocimiento de todo lo ocurrido con la finalidad de subsanar estas irregularidades y lograr un nuevo Plan Regulador para nuestra comuna de manera participativa, vinculante con la comunidad y que todas sus etapas sean realizadas en concordancia con la legislación vigente. Antecedentes de irregularidades de fondo en la creación del PRC de Renca: 1.- Creación de la Imagen Objetivo omitiendo la opinión y los antecedentes aportados por las vecinas y vecinos en los talleres de diagnóstico: Si bien el artículo 28 octies de la LGUC indica que: -”El proceso de elaboración de los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, de los planes reguladores comunales y de los planes seccionales, así como el relativo a sus modificaciones, deberá ser transparente y participativo, debiendo requerirse la opinión de los vecinos afectados y de los principales actores del territorio planificado.”-, no se consideraron los resultados obtenidos de la participación ciudadana en los talleres de diagnóstico que se llevaron a cabo durante el segundo semestre del 2018 y que debieron ser la materia prima para el posterior desarrollo de la Imagen Objetivo.En efecto, el documento final de la Imagen Objetivo creado por los equipos técnicos y aprobada en el Concejo Municipal contiene enormes diferencias en materias tales como las alturas máximas de construcción (mientras los vecinos definieron en los talleres de diagnóstico un máximo de altura cinco pisos, en la imagen objetivo posterior se establece un máximo de quince pisos con incentivo en zonas de reconversión mixta), así también la densidad máxima para algunos barrios. Esto se puede corroborar al comparar la información sobre dichos talleres de diagnóstico recopilada en el Informe de evaluación estratégica ambiental (punto 11 “Resultados de la participación de actores claves”, pág. 173) disponible en https://eae.mma.gob.cl/file/376, ya que si bien el Municipio dejó en el link http://www.renca.cl/prc a disposición de la comunidad un set de documentos y planos de las etapas del PRC , no hay mayor registro de los resultados obtenidos en estos talleres. Todo indica que el proceso participativo realizado durante el 2018 fue simplemente una mera formalidad para cumplir con lo estipulado en la ley pero se ignora la voluntad ciudadana, con lo cual se pierde validez ante la comunidad que desde esos años estuvo involucrada en el proceso desde la confección de una Imagen Objetivo en adelante. Irregularidades de forma y en procedimientos incumbentes en la creación del PRC de Renca: 1.- No envío de cartas certificadas a todos los actores sociales públicos y privados afectados directamente por la actualización del PRC: Dentro de los procedimientos que validan el proceso de actualización del PRC por parte de la comunidad, está la posibilidad de tener conocimiento propiamente tal de su desarrollo y con ello la oportunidad de participar. Esto queda a fuerte mediante el artículo 28 octies, 2.- de la LGUC : “El órgano encargado deberá informar de todo lo anterior y de la fecha de realización de las audiencias públicas al consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, a las organizaciones de la sociedad civil, a los vecinos afectados y demás interesados que señale la ordenanza mediante carta certificada despachada al domicilio actualizado que se tenga de dichas organizaciones, a más tardar, el mismo día en que se publiquen el resumen ejecutivo y sus planos.” No obstante, según antecedentes solicitados por la ex Concejala Virginia Fuentealba al equipo técnico municipal durante su mandato, se le informa de la existencia de un formulario de admisión de correos de Chile, con fecha 02/02/2021, emitido a las 16:43 hrs. desde la sucursal Escuela Militar, donde la municipalidad hizo un envío masivo de cartas certificadas nacional estándar solamente a ciento veintisiete Juntas de Vecinos y Vecinas, mientras que el padrón definitivo de organizaciones habilitadas para participar en las elecciones del Consejo de la Sociedad Civil, COSOC 2019 – 2022 existe un total de setecientas veinticuatro organizaciones vigentes, de ellas ciento ochenta y ocho son de tipo territorial (juntas de vecinos), quinientas veintiocho funcionales y ocho de interés público (fundaciones o corporaciones), por tanto, sólo se tiene registro del envío de cartas certificadas al 18% de las organizaciones sociales y territoriales vigentes en la comuna, algo que a todas luces no cumple con lo estipulado en la ley, genera suspicacias respecto a su este escuálido envío de cartas se hizo de manera dirigida a aquellas organizaciones proclives a la actual gestión municipal y también determinar la responsabilidad administrativa de quienes estaban a cargo de este proceso. Respecto al envío de cartas certificadas a los vecinos potencialmente afectados producto de los ensanches y aperturas de calles, gravámenes,etc. contemplados desde la Imagen Objetivo y en el posterior Anteproyecto, no existe evidencia alguna. Por el contrario, al consultar a vecinos potencialmente afectados estos indican que nunca recibieron notificación alguna de parte del Municipio, por tanto no se llevó a cabo este proceso tal como lo determina la ley, situación muy compleja ya que además se debe considerar que mayoritariamente la actualización de PRC se ha desarrollado en un periodo del estallido social y después con la pandemia del coronavirus nuestra comuna se vió profundamente afectada desde el punto de vista social, económico y sanitario, incluso llegando a ser una de las comunas con mayor días de cuarentena de la región durante el 2020, por lo que fue imposible que la comunidad pudiera participar masivamente en los procesos propios del PRC. Esta situación se ha dado a conocer a la autoridad local y a los equipos técnicos encargados de su gestión, pero sólo han tenido un proceder displicente que básicamente se enfocó en poder seguir adelante a toda costa con los tiempos establecidos desde el 2018 cuando nadie sabía que en los años siguientes nos enfrentaríamos a una crisis sin precedentes y que era vital adaptar los tiempos y plazos a lo que estaría por venir. 2.- Omisión de observaciones realizadas por vecinas y vecinos al anteproyecto mediante los canales formales de participación y en los plazos correspondientes: Durante todo el período de exposición del anteproyecto y hasta treinta días después de la segunda audiencia, las personas interesadas pudieron hacer observaciones fundadas, periodo ocurrido entre los días 11 de febrero y 15 de abril de 2021. El municipio determinó que estas observaciones fueran realizadas por escrito, utilizando un formulario tipo disponible en el portal del PRC en internet, e ingresadas en la oficina de Partes de la municipalidad, o escribiendo directamente al correo electrónico planregulador@renca.cl (fuente referencial: http://www.renca.cl/prc “participación ciudadana del anteproyecto”). Según entrevista a las ex concejalas sra. Virginia Fuentealba y sra. Nora Contreras, durante ese periodo en el cual ejercieron sus cargos, se les informó a todos los concejales a través de la comisión de trabajo respectiva donde se fue analizando el anteproyecto que la comunidad ingresó alrededor de mil observaciones, las que deberían ser presentadas y sistematizadas al Concejo Municipal mediante un informe de observaciones por la asesora urbana sra. Rocío Andrade, documento que fue entregado en un plazo no inferior a los quince y no superior a los treinta días después de vencido el plazo de presentación de observaciones, tal como lo estipula el artículo el artículo 43 de la LGUC. En esta formalidad se cumple lo determinado por la ley, más a posteriori se evidencia la existencia de dolo respecto a este documento. Mayor sería el asombro, al tener acceso a dicho informe, gracias a la buena disposición y transparencia para con las vecinas y vecinos de la ex Concejala Fuentealba, que en este aparecen ingresadas trescientas cincuenta y tres observaciones provenientes de trescientos diecisiete emisores (vecinas, vecinos, personales naturales y representantes legales entre otras), quedando en evidencia que no se incluyeron cientos de observaciones que fueron ingresadas físicamente mediante la oficina de partes. Esta situación fue consultada posteriormente en dicha comisión por la ex concejala Fuentealba a la asesora urbana quien primero indicó que las observaciones en cuestión habían sido ingresadas fuera de plazo y por eso no se habían considerado, después que por la cuarentena la oficina de partes no estaba funcionando y las observaciones fueron entregadas al guardia de la entrada del municipio quien las mantuvo en su poder, pero que de todas maneras serían incorporadas al proceso. Estas respuestas contradictorias claramente demuestran que el proceso participativo fue manejado con liviandad, poca seriedad de parte de los equipos técnicos que debían velar por el cumplimiento de los protocolos de participación ciudadana ya que la comunidad respetó y se manifestó según las reglas de participación determinadas desde un principio por parte del municipio. Lo ocurrido es algo totalmente irregular, ya que en el momento en que la concejala se entera de lo ocurrido el informe de observaciones había sido entregado al Concejo Municipal, quien se encontraba resolviendo cada una de las observaciones presentes en dicho documento a través de sesiones telemáticas de la Comisión de Barrio, Patrimonio y Desarrollo Urbano de la cual existe un registro de grabación manejado de manera privada por el municipio. En resumen, lo grave de esta situación es que las observaciones que quedaron fuera del informe entregado al Concejo Municipal según lo estipulado en la LGUC nunca fueron conocidas ni menos discutidas entre las concejalas y concejales, cuando se supone que es este órgano colegiado quien da respuesta a las y los observantes. 3.- Existencia de dos informes de observaciones, sólo uno de ellos entregado al Concejo Municipal tal como lo estipula la ley: Como se mencionó en el punto anterior, la asesora urbana entregó al Concejo Municipal el informe de observaciones que fue analizado por este órgano colegiado en numerosas jornadas de la Comisión de Barrio, Patrimonio y Desarrollo Urbano, dejando cientos de observaciones fuera de este. Posteriormente se detectó que en el portal web municipal del PRC se había agregado un archivo alusivo a este informe, cuál sería la sorpresa mayúscula que al compararlo con el documento entregado antes a los concejales ambos informes eran iguales en formato pero totalmente diferentes en su contenido. (Debido al enorme tamaño del archivo escaneado correspondiente al informe de observaciones entregados a al pleno del Concejo Municipal de Renca durante el mes de mayo y conforme a lo estipulado por la LGUC es posible extraer desde el siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1UObMZIHGvkKpOnty6JtdPjFqTQYWrlPv/view?usp=sharing En concreto, existen enormes diferencias respecto al número de observaciones presentes (aumentan a trescientas cincuenta y ocho), el número de observantes (ahora aparecen seiscientos sesenta y nueve personas o representantes legales) y también las temáticas a tratar. En este segundo informe, el cual no fue comunicado ni menos entregado al Concejo Municipal, se incorporaron cientos de aquellas observaciones inicialmente “perdidas”, donde sólo se identifica el nombre de la persona observante, la temática referente y el sector o barrio vinculado a esta, evitando colocar un número de folio a los observantes algo que se había realizado en el primer documento. Resumiendo, se entregó un primer informe al Concejo Municipal según lo determinado por la LGUC el cual no estuvo disponible de ser conocido por la comunidad y que contenía un número reducido de observaciones, mientras que posteriormente se publica un segundo informe idéntico en formato para conocimiento general y posibilidad de descarga desde el portal web municipal que nunca fue entregado al Concejo ni menos discutido por éste, donde se incluyen todas las observaciones incluyendo aquellas inicialmente “olvidadas”. Bajo esta situación claramente queda en evidencia serias irregularidades en este proceso, donde hay manipulación de la información, desprolijidad en el resguardo de los formularios físicos enviados por la comunidad dentro de los plazos y sobre todo se falta a la LGUC ya que cientos de esas observaciones ingresadas en el segundo informe nunca fueron tratadas por el Concejo Municipal. Cabe destacar que el aludido informe de observaciones es un Documento Público, que forma parte de todo el proceso legal que da vida al futuro PRC de Renca y por tanto si queda en evidencia su manipulación pierde validez, donde además se deben tomar medidas administrativas y sumariales con la finalidad de proteger la probidad y transparencia de este, de los funcionarios públicos que han participado en el proceso y que todos los protocolos establecidos en la ley realmente se cumplan a cabalidad. Ambos informes los coloco a su disposición, el primero mediante el link descrito en un párrafo anterior y el segundo informe nunca aprobado por el Concejo, el cual adjunto como archivo .pdf Para finalizar, quisiera reiterar mi solicitud hacia su persona y su cargo público el cual es clave en este proceso. En los actuales tiempos y en los movimientos sociales por los que navega nuestro país no se concibe generar políticas públicas a espaldas de la ciudadanía y con procedimientos irregulares, es por ello que le pido ser escuchada y considerados todos los argumentos que aquí doy a conocer así como las fuentes que validan mi exposición. Estoy convencida que mi comuna necesita un nuevo Plan Regulador, pero este debe ser transparente, sin faltas a la probidad y de cara a la ciudadanía, escuchando a las mujeres y hombres que vivimos en la comuna, logrando con ello construir un futuro sostenible y sustentable para Renca. Atentamente se despide Emariana Elia Cohen Bravo rut: 13.261.825-9 Vecina y pobladora de la comuna de Renca, Geógrafa, Pontificia Universidad Católica de Chile Diplomada de Postítulo en : Gestión de Personas en el Sector Público (UdeC), Participación Ciudadana para una Gestión Ambiental, Urbana y Territorial Integrada (PUCCh), Diseño y evaluación de proyectos sociales con foco en el territorio y en la comunidad (PUCCh), Hábitat residencial en contextos de vulnerabilidad social (UCh), Sistemas de Información Geográfica (UCh) |
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2022-11-07 10:00:00 | AP001AW1241391 | Gestor de intereses | Paula Osorio | Proyecto Genesis Peñaflor | Proyecto Genesis de 92 viviendas otorgadas en diciembre de 2019 a la fecha presenta 1500 observaciones entre las más graves de filtraciones de aguas lluvias, humedad por capilares de vivienda y hongos...requieren con urgencia se reparen dichos observaciones lo nates posible con AF | Ver detalle |
Sujeto Pasivo | Claudia Andrea Sepúlveda vera | |||||
2022-10-20 15:00:00 | AP001AW1218680 | Gestor de intereses | Paula Osorio | Proyecto Génesis Peñaflor | Proyecto Genesis Peñaflor 92 viviendas entregadas en 2019 con las de 1500 observaciones de carácter grave y extructurales, viviendas con hongos por fuera y por dentro de las habitaciones principales donde cohabitan personas con morbilidades Ep Serviu y Serviu han hecho lo posible por enmendar tamaña situación, sin embargo el daño es tan grave y grande que no existen recursos para poder resolver la problemática mayor | Ver detalle |
2022-10-11 15:30:00 | AP001AW1210860 | Gestor de intereses | Cristian Serey Rossel | CANOSER | Asignación Directa Proyecto Camino a Casa, Municipalidad de Talagante (proyecto MINVU-GORE) | Ver detalle |
Gestor de intereses | Andrés Serey | CREAR ASOCIADOS | ||||
Gestor de intereses | Carlos Álvarez | Ilustre Municipalidad de Talagante | ||||
Gestor de intereses | Cristian Serey | CREAR ASOCIADOS | ||||
Gestor de intereses | Juan Sharp | CANOSER | ||||
2022-06-24 12:00:00 | AP001AW1148382 | Gestor de intereses | Yasna Sandoval | YASNA CAROLINA SANDOVAL CASTRO | Buenas tardes, con fecha 30.05 se ingreso oficio dirigido a Don Carlos Montes, tema: Solicita Autorizar Pago excepcional, Mediante Asignación Directa Cobro A.T. que detalla PSAT ARQUITECTURA SOCIAL SPA. A la fecha no hemos sido contactados y los motivos fueron justificados mediante carta ingresada por Oficina de Partes del SERVIU R.M. Y MINVU. Esperamos ser recibidos para justificar de manera presencial-oral la necesidad urgente del apoyo de ambas instituciones. |
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