Requerimos realizar una consulta técnica respecto a la obtención de un Informe de factibilidad para construcciones (IFC), para una zona rural. En donde se desea instalar un proyecto catalogado como INFRAESTRUCTURA de acuerdo a lo indicado en el Art. 2.1.29 OGUC, pues se trata de una central de energía fotovoltaica. En la obtención del CIP se indica que el predio se emplaza en la zona AV1-4 donde se permiten edificaciones vinculadas a lo establecido en el Art. 2.1.31 OGUC, según señala pueden ser Edificios de Uso Público o con destinos complementarios al Área Verde, ya que el proyecto no recae en ninguna de estas categorías, pero a su vez tampoco está dentro de los destinos prohibidos. Quisiéramos aclarar las definiciones del MINVU en este caso. |