La audiencia tiene como finalidad aclarar los alcances de la normativa que rige sobre el proyecto ingresado con fecha 26-07-2021 mediante oficina de partes para la solicitud de revisión de I.F.C. Denominado "Taller galería Elena Tito, alfarera, tesoro humano vivo" el cual revisado los antecedentes, vuestro departamento generó el ordinario N°891 del 17 de agosto del 2021, que resuelve devolver el expediente sin tramitar debido a falta de antecedentes a informar, y que según el cual surgen dudas respecto a la aplicación de la normativa contenida en la resolución exenta N°267 sobre definida como la "Guía para definición de parámetros en equipamientos turísticos que no generen núcleos urbanos en sectores de ayllus y oasis de la región de Antofagasta".
SE INFORMA DEL PROCESO DE LOS IFC, Y LA APLICACION DE LA RES 267, SIN EMBARGO SE INDICA QUE POR LAS CARACTERISTICAS DEL PROYECTO PUEDE CONTAR CON UN PATROCINIO DE LA COMUNIDAD INDIGENA, LO CUAL SERA VALORADO EN LA REVISIÓN.
SE FELICITA A LA SRA ELENA TITO POR SU TRABAJO Y SU CONTRIBUCIÓN AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA REGIÓN. |