Audiencias - Año 2018 - Boris Golppi - Audiencia AP001AW0465713
Información General
Identificador | AP001AW0465713 |
Fecha | 2018-05-18 16:30:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Alameda N° 874, piso 8, Edificio Copacabana. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Jorge Belmar | Gestor de intereses | Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A. | |
Juan Quiroz | Gestor de intereses | INMOBILIARIA MENA Y OVALLE S.A. | Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A. |
PATRICIO MENA BARROS | Gestor de intereses | Inmobiliaria Brisas del Maipo S.A. |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Plantean queobservación entregada por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Puente Alto, en relación a la obtención del permiso de edificación del Proy. Barrio Cumbres, el cual postulo el año 2017 al único llamado del programa habitación ds-19, saliendo aprobado y a la fecha con “convenio de desarrollo inmobiliario” firmado entre el MINVU y el desarrollador. Con fecha 13 de abril del 2018 la DOM correspondiente nos hizo entrega de un listado de observaciones donde nos solicita considerar en zona R2 una franja de restricción de 20 metros por lados en vez de los 10 metros por lados como lo establecen los Certificados de Informes Previos de fecha: Agosto 2017, Mayo 2014, Julio 2012 y Marzo 2006. Es importante considerar para vuestro análisis los siguientes puntos: 1.) El canal La Turca (razón de la zona R2) no está en ningún momento dentro de nuestra propiedad. 2.) El propietario del terreno vecino, donde se encuentra el canal La Turca, ha gestionado y obtenido por parte de la Dirección General de Aguas la aprobación de la recanalización y abovedamiento del canal La Turca, lo cual dejaría sin efecto en un corto plazo (cuando se materialicen las obras) la zona R2 sobre nuestro terreno. 3.) Las dos etapas que desarrollamos anteriormente, han sido aprobadas y recepcionada en esta misma zona R2 considerando 10 metros por lado. 4.) A la fecha, los 42 propietarios (casas ya desarrolladas, recepcionadas y vendidas) que colinda con la zona R2 (considerando los 10 metros por lados), nunca han presentado problema o riesgo de inundación. Al exigir los 20 metros de restricción por lados, genera que un gran número de casas no se puedan desarrollar, produciendo adicionalmente: i.) Un incumplimiento en las casas postuladas, evaluadas y establecidas en el Convenio de Desarrollo Inmobiliaria ds-19 ya firmado. ii.) Un cambio al número de casas en el EISTU y DIA. Este problema pone en riesgo el desarrollo e inicio de obra del proyecto de acuerdo a las fechas estipuladas en el decreto ds-19, es por ello que vengo a solicitar vuestra ayuda. el Seremi. señala que deben realizar consulta por escrito |