Audiencias - Año 2018 - Gilda Espinoza Ahumada - Audiencia AP001AW0444306
Información General
Identificador | AP001AW0444306 |
Fecha | 2018-04-26 15:30:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Serrano 15, piso 5 |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Anyeline URRUTIA | Gestor de intereses | Comité de Allegados Camino a Nuestra Casa |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Mediante la presente informo que represento por mandato judicial al "Comité de allegados camino a nuestra casa" compuesto por 84 familias beneficiarios del subsidio el, cual les fue asignado en agosto de 2008, dichos inmuebles fueron entregados materialmente en noviembre de 2011 sin que a la fecha aun se firmen las escrituras definitivas, sin perjuicio de ello actualmente nos encontramos en vías de comenzar con el proceso de escrituración. Sin embargo hay una situación preocupante y no menor como lo es la clausula de prohibición que grava los inmuebles por un plazo de 15 años, tomando en consideración que el tiempo transcurrido sin que se hayan firmado las escrituras definitivas no es una causa imputable a las personas que componen este comité, sino muy por el contrario, ha quedado acreditado mediante las respuesta evacuada por Serviu respecto de las denuncias presentadas por esta parte ante la Contraloria General de la República la falta de fiscalización por parte de Serviu sobre la Egis patrocinante del proyecto de este comité, vulnerando los derechos de todas las familias durante años, los cuales han sido objeto de engaños en las informaciones entregadas en dependencias de Serviu, las cuales no coinciden con la situación real. Por tanto nos parece gravoso que no se considere el tiempo transcurrido al momento de gravar los inmuebles con dicha clausula, toda vez que a la fecha han transcurrido casi 7 años. Cabe señalar que hemos tenidos varias reuniones con el departamento de Gestión y Asistencia Técnica a cargo de Carmen Valverde la cual se ha mostrado con buena disposición en avanzar en la gestión para iniciar el proceso de escrituración, sin embargo no se han pronunciado respecto de la clausula de prohibición. Por cuanto esta parte busca que se descuente el tiempo transcurrido desde la entrega material hasta el momento en que efectivamente se firmen las escrituras. Hago presente que esta parte presentó una carta ante el Ministerio de vivienda en oficina de partes con fecha 22 de marzo del presente año, basados en los mismos argumentos detallados en la presente sin tener a la fecha respuesta alguna. Según información entregada por abogada de Serviu señala que para dar solución a la situación planteada es necesario dictar un decreto por parte de este Ministerio que autorice a descontar o solicitar el alzamiento posterior al ingreso de las escrituras al Conservador de Bienes Raíces. Esperando esta solicitud de audiencia tenga buena acogida por quien corresponda resolver. Atte. |