Con fecha 08/02/2017 el Sr. León Cohen Muñoz y otros vecinos le hicieron llegar carta Nº de ingreso 260, denunciando irregularidades en la aprobación del Anteproyecto de Luis Pereira Nºs 896/ 890/ 894 y 908 y posteriormente el Permiso Nº 356 de 2016 por el Proyecto, otorgado por la DOM de Ñuñoa el 30/12/2017. A raíz de ello Ud. dirigió Ord. 1089 de 08/03/2017 al Sr. Carlos Frías, Director de Obras Municipales solicitándole informar en un plazo de 10 días hábiles sobre el particular, situación de la que no se ha tenido información alguna, pese a haberlo consultado en la propia DOM.. Es el caso que en días recientes hemos constatado con sorpresa el inicio de las obras, distante solo a cuatro propiedades al norte del comentado Edificio Botero,, cuyo permiso de edificación ha sido invalidado por la Corte de Apelaciones de Santiago y que se ventila en la actualidad en la Corte Suprema de Justicia, proceso del cual la Junta de Vecinos que presido es patrocinante desde el inicio de los trabajos, lo que nos permite aseverar que el caso ahora reclamado se encuentra dentro de un contexto muy similar ahora reclamado, razón por la cual solicitamos la presente audiencia, con el objeto de exponer a Ud. el caso y evitar con ello caer en un proceso dilatorio que retrasa la acción administrativa de tal forma, que al haber aplicado una sanción o medida sobre el cuestionado Permiso, las obras presentan un avance en su desarrollo cada vez mayor, lo que en los hechos representa un proceso cada vez más difícil de revertir, retrotraer o finalmente demoler .
Nuestros reparos con el mencionado proyecto se gestan desde la etapa inicial del anteproyecto y son los mismos que los que adolece el referido edificio Botero, razón por la cual nada hace pensar que ocurrirá algo diferente con las conclusiones finales a la que ahora se pueda llegar en el presente caso, lo que tiene a los vecinos reclamantes en un estado de indignación que debe ser respondido por el municipio, y a falta de éste, como ha sucedido en la realidad, a vuestro Servicio, por representar y ser él, la autoridad jerárquica del DOM, y a las finales, el único que hasta la fecha ha apoyado nuestros reclamos con acciones y definiciones concretas que nos ha permitido intentado poner coto a iniciativas inmobiliarias carentes de legalidad, y que la DOM simplemente no repara no objeta.
Insistimos no estar en contra del proceso inmobiliario por entenderlo legítimo y necesario para el desarrollo de nuestras ciudades, pero ello obviamente con el debido respeto de las normas y condiciones establecidas en las normativas legales vigentes. Con ello queremos decir que para el presente caso reclamado y en conocimiento del proyecto específico no es la idea impedir su construcción, pero sí practicar el necesario ajuste que el diseño propuesto necesariamente debe cumplir. |