Audiencias - Año 2022 - Carla Ubilla

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2022-11-02 02:30:00 AO047AW1221148 Gestor de intereses Constanza Gillibrand PARQUE SOLAR EL PASO SPA Respecto a lo expuesto en la resolución del Informe Sanitario, específicamente en el numeral 3 en donde se indica “Sin perjuicio de lo anterior, la empresa deberá regularizar sus instalaciones sanitarias cuando comience la etapa de operación de la planta, es decir, deberá implementar agua potable y baños permanentes para el personal, ya sea que trabajen tiempo completo o transitorio. Dando cumplimiento al Párrafo II provisión de agua potable y el Párrafo IV sobre los servicios higiénicos y aguas servidas del D.S 594 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.”

Si bien se indicó en los antecedentes adjuntos a la tramitación del informe que estas instalaciones serían implementadas, esta información es errónea debido a que según lo estipulado en la RCA solo se menciona la instalación de baños químicos en la todas las etapas del proyecto (construcción, operación y cierre) siendo de esta forma en al que se encuentra operando el Parque. No obstante, es necesario recalcar el hecho de que estos parques funcionan 100% de forma remota y sin la necesidad de contar con personal de manera permanente en su etapa de operación.

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ACUERDOS
Junto con saludar, informo que hoy se llevó a cabo la audiencia AO047AW1221148.
Se tomaron los siguientes acuerdos:
• Según informe Sanitario N°2107257278 de fecha 27/09/2021 el cual indica en el numeral 3 lo siguiente: Sin perjuicio de lo anterior, la empresa deberá regularizar sus instalaciones sanitarias cuando comience la etapa de operación de planta, es decir. Deberá implementar agua potable y baños permanentes para el personal, ya sea que trabajen de tiempo completo o transitorio. Dando cumplimiento al párrafo II provisión de Agua Potable y Párrafo IV sobre los servicios higiénicos y aguas servidas del D.S 594/99 sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
• Empresa apela a la eliminación del párrafo indicado en el punto anterior.
• Empresa cuenta con RCA del año 2019, por lo tanto, cumple con la solicitud de eliminación del punto N° 3 del informe sanitario N°2107257278. Dando cumplimiento al ORD B.32/N° 5096 y ORD B.32 N° 1217..
• Por lo tanto, nuestra oficina provincial de Linares propone un plazo máximo, hasta el día 11 de noviembre 2022 para rectificar Informe sanitario y a su vez subir a plataforma dicho informe.
• Empresa acoge de forma inmediata la propuesta.
• Duración de audiencia 20 minutos. Vía Zoom.
Es cuanto puedo informar.

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Ver detalle
Gestor de intereses Diego Recart PARQUE SOLAR EL PASO SPA
Gestor de intereses Iván Hevia PARQUE SOLAR EL PASO SPA
Gestor de intereses Xochitl Ruiz PARQUE SOLAR EL PASO SPA