Planteamiento ante la Autoridad Sanitaria de los problemas relativos a la antijuridicidad de la Resolución Exenta N° 8610, dictada por la Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 13 de diciembre de 2018, en el sumario sanitario contenido en el Expediente N° 3178-2018, en el entendido de haberse presentado por la sumariada con fecha 26 de diciembre de 2018, es decir, posterior a la dictación de la resolución sancionatoria Res. Ex. N° 8610 antes citada, un escrito acompañando copia de la Calificación N° 1813420205, emitida por la Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 13 de diciembre de 2018, que responde a la Solicitud N° 1813420205 del 12 de octubre de 2018, presentada por INTRADE S.A., y
que califica a la actividad desarrollada por la empresa de INOFENSIVA, lo que supone, necesariamente, la misma cuenta con autorización sanitaria vigente para desarrollar su actividad.
Así las cosas, por la fecha en que fue dictada la Res. Ex. N° 8610-2018, recién notificada a esta parte con fecha 23 de enero del presente año, según lo dispone el inciso segundo del artículo 46 de la Ley 19.880, queda en evidencia que la autoridad sanitaria no tuvo presente para la dictación de la Res. Ex. N° 8610, del 13 de diciembre de 2018, el documento acompañado por la sumariada el día 26 de diciembre del 2018.
Además, esta parte tiene la intención de consultar a Ud. sobre la regularización efectiva de todos los permisos sanitarios que se requiera, para dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente. Lo anterior, sin perjuicio de tener al día todos los permisos y autorizaciones que se exige. |