El pasado 10 de junio presenté una solicitud a la Intendencia de Prestadores de Salud para tener acceso electrónico especial a los datos del Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud a través de la API, la cual fue rechazada. Dentro de las consideraciones del rechazo, se indica que el estatuto societario de la empresa no da cumplimiento a lo exigido en el punto 1.3 de la Circular IP/N°52, esto es que el requirente sea una persona del "Sector Salud". Al respecto, nuestra intención es subsanar las deficiencias que se han encontrado, por lo que necesitamos un mayor esclarecimiento a lo que se necesita para dar cumplimiento a lo solicitado. Entendemos que lo que se nos pide es algo meramente formal (ampliación de giro), ya que nuestra empresa cumpliría a cabalidad con las actividades que se requieren para ser una empresa del Sector Salud. |