Las comparecientes plantean la situación de denegación de un registro sanitario, el que se habría ocasionado por haberse considerado el vencimiento del GMP, el que fuera emitido por la autoridad sanitaria de Colombia, la que ha señalado que no va a emitir nuevos documentos con ocasión de la pandemia, información que entienden que está en conocimiento de este Instituto, lo que les ocasiona un retardo en sus procesos, debiendo en este caso presentar un recurso de reposición para revertir esa decisión. Se sugiere arbitrar medidas para mejorar las coordinaciones de entrega de información interna, entre ANAMED y Jurídica.
Se les informa que el recurso fue derivado a ANAMED, para su informe, el que fuera recibido el lunes recién pasado, por lo que se le dará prioridad en su resolución. |