Informan el cambio de estructura social que han tenido y que en adelante serán conocidos como UC Christus, para los efectos legales.
En ese contexto, indican haber presentado un cambio de dominio de la farmacia de su clínica, y manifiestan su preocupación atendido que se les habría indicado que el trámite podría durar 6 meses.
Se les explica que dicho término es el que establece la Ley Nº 19880 para los procedimientos administrativos en general, pero que ello también dependerá de la completitud de los antecedentes que ellos presenten. Así, se detecta que no han incorporado al dossier de documentos, un acto donde conste no solo el cambio de la razón social, sino que también el traspaso del establecimiento en sí, por lo que se sugiere complementar la presentación, lo que puede realizarse por conducto regular, haciendo mención del número de referencia que se le entregó al primer trámite.
Se informa también que la solicitud en sí no ha ingresado a esta Unidad, la que revisará solo los aspectos legales de la misma, evacuándose un informe en el plazo de 10 días hábiles, continuando después su tramitación ante el Depto. Agencia Nacional de Medicamentos. |