Audiencias - Año 2024 - Juan COLLAO - Audiencia AO001AW1502433

Información General
Identificador AO001AW1502433
Fecha 2024-02-23 12:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Sera atendido por el Jefe Depto. Juan Collao
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
María Aguilar Gestor de intereses Fundación Prosh Chile -Terapia Healing Touch
Ana Aviles Gallegos Gestor de intereses Fundación Prosh Chile -Terapia Healing Touch
Virgina Bustos Urbina Gestor de intereses Fundación Prosh Chile -Terapia Healing Touch
Maria Ximena Q Quinteros Gestor de intereses Fundación Prosh Chile -Terapia Healing Touch
Marcela Soto Gestor de intereses Fundación Prosh Chile -Terapia Healing Touch
Nora Mary Moloney Gestor de intereses Fundación Prosh Chile -Terapia Healing Touch
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Abordar los avances y analisis de la documentación entregada a la Dra. Galanti(2015-2018) , para que la terapia de healing Touch pueda ser reconocida por el Minsal como Terapia regulada.
Saber en que etapa del proceso estamos y si se requiere nueva información.

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:
Se informa a la asistentes de la Fundación Prosch Chile que la Dra. Mónica Galanti no es parte del equipo del área técnica de Medicinas Complementarias de este Departamento, que es dependiente de la Subsecretaría de Salud Pública, desde el segundo semestre de 2017, fecha en que ella pasó a ser referente de Medicinas Complementarias de DIGERA, que depende de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en la que estuvo hasta el 2020, como parte de su comisión de servicio en este ministerio, retornando a sus funciones en el Hospital Roberto del Río.

Se explica la conformación del área técnica de Medicinas Complementarias desde el segundo semestre de 2017 a fecha y se especifica que por indicaciones de las jefaturas de esa época se comenzó la elaboración de una política pública en esta materia, con su correspondiente plan de acción, que se espera sea publicada prontamente. En dicho documento se traza una ruta para la institucionalización y desarrollo de estas prácticas a nivel nacional. Se resalta que uno de los aspectos relevantes del plan de acción es disminuir la brecha regulatoria existente, puesto que actualmente hay una cantidad importante de terapias que se realizan tanto en el ámbito público como en el privado y solamente hay 3 reconocidas y reguladas (acupuntura, homeopatía y naturopatía), para lo cual durante el 2023 se inició el proceso de modificación del Decreto N.º 42 de 2004, “REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LAS PRACTICAS MEDICAS ALTERNATIVAS COMO PROFESIONES AUXILIARES DE LA SALUD Y DE LOS RECINTOS EN QUE ESTAS SE REALIZAN”, con el propósito de actualizarlo y poder cabida al reconocimiento y/o regulación de un mayor número de prácticas.

Una vez que sean aprobadas las modificaciones del Decreto N.º 42 de 2004, se procederá a actualizar los decretos que reconocen y regulan la acupuntura, homeopatía y naturopatía, para luego continuar con el reconocimiento y/o regulación de aquellas terapias que se registran en el REM-A31 de Medicinas Complementarias (25 no reguladas), de acuerdo a los criterios de prioridad establecidos en el artículo 4º del Decreto N.º 42 de 2004.

Se da a conocer, a grandes rasgos, la estructura del REM-A31 y la forma en que se llevan a cabo los reportes de las prestaciones con medicinas complementarias entregadas en atención individual y grupal en los establecimientos de salud pública de los distintos niveles de atención.

Respecto a la integración de terapeutas de Healing Touch en los establecimientos de salud públicos, se le indica que ello excede las funciones de esta área técnica, que depende de la Subsecretaría de Salud Pública, siendo ello un tema atingente de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y también de las/los terapeutas de Healing Touch que trabajen actualmente en establecimientos de atención primaria o en hospitales de la red pública.