Audiencias - Año 2020 - Iván Torres - Audiencia AO001AW0855226

Información General
Identificador AO001AW0855226
Fecha 2020-08-13 10:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Videoconferencia
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Zamir Elias Nayar Funes Gestor de intereses zam nay fu
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
-Denuncia / Sugerencia de Fiscalización
-Continuidad del servicio para atender la emergencia provocada por la pandemia Covid-19, en el País.
Establecimiento: CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE, ANTOFAGASTA.

1.- COMPRA DE SERVICIOS PROFESIONALES ONCOLOGICOS CLÍNICOS Y ADMINISTRATIVOS DE RADIO Y QUIMIOTERAPIA PARA CENTRO ONCOLOGICO /
Prestador: VICUNA BLANCO LTDA - RUT: 76.023.654-3 - VILANCO
Servicio: adquirir tratamientos de radio y quimioterapia a pacientes que no se alcanza a cubrir dentro del horario institucional.

CONTROL DE ENTRADA Y DERIVACIÓN DE LOS PACIENTES: COORDINACIÓN CLÍNICA DEL CONTRATO
Director (Dr. Baeza) definirá una contra-parte técnica-clínica y técnica-administrativa, para efectos de dentro del Centro Oncológico y cumplimiento de prestaciones.

2.- CONTRATO PARA ATENCION DE PACIENTES PRIVADOS ATENCION ABIERTA
(C.O.N. / Dr. R. Baeza – Dra. V. Sepulveda – Dr. A. Santini – Dr. G. Pavez)
Autorizar a Profesionales Médicos, para otorgar atención abierta a pacientes particulares en las dependencias del CON, haciendo uso de equipos clínicos (Unidad de RT – Incluye Braquiterapia), como Medico particular.

3.- CONVENIO DE COLABORACION ENTRE SOCIEDAD ONCOLOGICA DEL NORTE SPA (CION) Y CENTRO ONCOLOGICO DEL NORTE (CON)
Convenio mediante el cual podrán recibir tratamiento de QT para pacientes FONASA, en el CON.
Ley N° 18.575 en su art. 52, inc. 2.

4.- OTROS (Informados)
s Se reporta salidas del Jefe de RT, Dr. Santini, en horario de 12:45 a 15:00 horas, para ir a visitar pacientes particulares, en jornada laboral, como asistencia de cuidados paliativos, en conocimiento absoluto de SDM, Dr. Baeza, no devuelve jornada laboral.
s Revisar agendamiento, revisar la cantidad de cancelaciones de atención, antes de Pandemia, para verificar carga de atención real de médicos, del área de Oncología, para dejar tiempo libre para atenciones particulares.
s Inspeccionar horario y desempeño de Dr. Baeza, siendo Director del CON, desde fusión del COA y CAN, tenía agenda, sin embargo cancelaba agendamiento, y no daba atención a pacientes, y daba paso a los servicios contratados por Vilanco (punto 1.-)
s Asesora Jurídica del CON, en conocimiento de todo lo expuesto, ajusta convenios, contratos, a favor de intereses del Sr. Ricardo Baeza, investigar asociación con Vilanco, CION.
s Se hizo denuncia en CGR, Directora y Asesor Jurídica, se encuentran en Teletrabajo, desde marzo/2020, dejando abandonada la Dirección del Establecimiento, se ingresa además reclamo en OIRS del MINSAL (18-05-20), sin respuesta a la fecha. Código de atención= 1218697.
s La CGR, solicita informe al SSA, con fecha del 07/07/2020.
s Hay una denuncia por parte de la Subdirectora Administrativa (SDA), porque además de todo lo que hace el Dr. Baeza, hay una denuncia por acoso laboral, antes ya han existido, sin finalizar, por el miedo, los funcionarios o se han cambiado al HRA, o han renunciado, pero la Sra. Herbas, por lo que sabemos llegará al final, entendemos que la denuncia se presentó a la Directora del CON, y al Director del SSA, la funcionaria está siendo vulnerada, sin embargo el SSA, no ha realizado ninguna acción para subsanar la situación.
s La Dra. Francisca Flores, ha sido maltratada y vulnerada en sus derechos, por el mismo Dr. Baeza, esto en conocimiento de la Directora, Sra. Diana Edwards, y del Director del SSA, ocupa el cargo de Gestora Clínica, y en la practica desempeña todas las funciones del SDM, ya que él tiene un evidente abandono de funciones. Cabe señalar que la Dra. tiene un cargo político del gobierno anterior y una remuneración acorde a un cargo político.
s Directora del CON, totalmente negligente, ante todos los hechos expuestos, es necesario verificar sus funciones y desempeño, no tiene las condiciones necesarias, para desempeñar su cargo, por edad, situación mental, física y por el gran temor que le tiene al Dr. Baeza, donde lo deja dirigiendo tras de ella, es un títere.
s Se sugiere conversen directamente con Dirigentes Fenpruss, Fenats, Gestora Clínica, SDA del CON, para profundizar en lo estamos denunciando, ya que es mucha gente que sabe esto, desde años atrás, pero llegó el momento de parar tanto abuso que hoy se está dando a beneficio particular, dañando el sistema publico de salud.

Se contraviene la Probidad Administrativa:
ü Usar en beneficio propio o de terceros información reservada o privilegiada, en el cargo que desempeña el Dr Baeza, como Director COA, Director CON, SDM CON, como el Uso del Establecimiento para los servicios clínicos fuera de horario, el uso de equipamiento para pacientes particulares, e instalar su empresa de Investigación sin pago alguno al Estado.
ü Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo, como aplicar presión a la Dirección y ser nombrado Subdirector Médico (SDM), obteniendo beneficios económicos como bonos por el cargo, además de presionar para instalar sus negocios personales.
ü Emplear actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales; atender pacientes particulares, los de servicios clínicos en horario de trabajo, y utilizar empleados, dependencias del Centro Oncológico en horario institucional.
ü Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad que rigen el desempeño de los cargos públicos, no se cumple, ya que, con los cobros excesivos en los servicios clínicos, además de ocupar las instalaciones con CION, sin pago, ocupando instrumentos, medicamentos, fármacos, insumos, personal, entorpece los derechos de los pacientes que como Entidad de Salud se debe entregar.
Señalan:
La información fue obtenida, solicitada por Gobierno Transparente, Mercado Público (Chileproveedores).