Nuestra empresa ha recibido multas por uso de Vía Exclusiva que se han generado por el servicio de transporte que nuestra compañía presta al aeropuerto luego de haber ganado la licitación respectiva regulada por el Decreto 211 de transporte publico.
Estas multas no corresponden ser aplicadas a nuestra empresa porque nuestro servicio tiene la condición de esencial tal como lo reconocen los salvoconductos otorgados por la autoridad en esta pandemia por que se trata de servicios de transporte público.
Además, no se puede evitar pasar por esos sectores ya que los pasajeros van a hoteles en el Centro de Santiago, por lo que si esas personas fueran dejadas lejos del hotel o domicilio, sería un peligro para ellos, por cuanto quedarían expuestos a ser objeto de delitos en los horario en que se prestan estos servicios.
Anteriormente, esto fue presentado al Sr. Sergio Stefan sin obtener una respuesta. |