Por medio de la presente e invocando la Ley de Transparencia, nuestra Federación viene en solicitar formalmente, a cada una de sus carteras, se nos agende una reunión en forma remota, ya sea por plataforma zoom u otras afines, a objeto de abordar las implicancias legales que la dictación de la Ley que extiende la vigencia de los beneficios y las prestaciones que indica y otorga derechos a giros adicionales con cargo al fondo de cesantía solidario, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 21.263, que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la Ley N° 19.728, con motivo de la pandemia originada por el Covid-19 y perfecciona los beneficios de la Ley N° 21.227 puede provocar en nuestros puestos de trabajo en la empresa Turbus.
Conforme lo establece la mencionada Ley, dictada con fecha 05 de octubre de 2020, su aplicación a partir del 01 de noviembre de 2020, significaría nuestro inminente regreso a nuestros puestos de trabajo y el consecuencial despido de un gran número de trabajadores que forman parte del transporte inter urbano de pasajeros, dada la baja demanda existente en nuestro país en el rubro y la alta probabilidad de contagio de Covid-19.
Por lo anterior, solicitamos en forma urgente, se nos conceda la mencionada reunión para discutir una solución conjunta a la actual realidad que la mencionada Ley nos plantea en nuestro rubro. |