Audiencias - Año 2016 - Reinaldo Fuentealba Sanhueza - Audiencia AM007AW0201113
Información General
Identificador | AM007AW0201113 |
Fecha | 2016-11-15 12:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Sala de Reuniones de la Dirección Nacional de Obras Hidráulicas Morandé 59, quinto piso, oficina 501 |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Jorge Baltazar | Gestor de intereses | Sociedad de Ingeniería Hidráulica y Gestión Ambiental Limitada |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Río Maipo, Extracción de Áridos en Cauces Naturales, Proyecto "Plan de Abandono", Comunas de San Bernardo y Buin. 1) Reglamentación para la implementación del "Plan de Abandono". En el Oficio ORD. DOH R.M. N°1254, de fecha 13/09/2016, se informa a la SMA R.M. sobre criterios técnicos y reglas sectoriales DOH para la implementación del referido proyecto. Lo anterior en el marco de una denuncia. Se requiere tratar puntos relativos a la implementación del proyecto, a fin de incorporarlos en el diseño ambiental. Si es el caso que el servicio estima suficiente lo informado en el ORD. DOH R.M. N°1254, tal vez pudiera considerar oficiar la reglamentación y determinación de zonas prohibidas para la extracción de materiales áridos, dirigiéndola a los municipios administradores. Sin lo anterior la tramitación ambiental adolecería de reglas precisas, vertidas en un documento para el propósito específico (la reglamentación y determinación de zonas prohibidas para la extracción de materiales áridos, aplicables al "Plan de Abandono"). 2) Parques y proyectos/actividades de esparcimiento sobre las Subsecciones Secundarias y Fajas de Exclusión de 100 metros por comuna, tramo Puente Los Morros a Puente Maipo Ruta 5. Tal como se informa en la memoria, y fue deliberado en las sesiones de trabajo con la comisión revisora MOP, dichas áreas podrían servir para usos recreativos. Esto, a nivel superficial, es decir, sin excavar y rellenar el suelo de cauce natural. Sin embargo, los Sindicatos y la Municipalidad de San Bernardo entienden que estas superficies (subsección secundaria y faja de exclusión/protección de 100 metros) están disponibles para ser excavadas y rellenadas con otros materiales. Por lo tanto, se requiere de DOH se pronuncie nítidamente al respecto, a fin de extinguir esta confusión e insistencia de los Sindicatos y Municipalidad de San Bernardo. Se tiene conocimiento, además, que los mismos desarrollos se están considerando en la Comuna de Buin. A falta de reglas claras, oficiadas al órgano administrador, se está solicitando a este consultor incorporar los pozos lastreros, que Sindicatos y Municipios se esmeran en encubrir bajo la denominación de "parques". Este consultor se está ciñiendo a lo acordado en la mesa de trabajo MOP - Municipalidades, por lo que estima que es doblemente necesario contar con un oficio que establezca las reglas y zonas prohibidas para la extracción de áridos, documento que vendría a perfeccionar el ORD. DOH R.M. N°0130, de fecha 29/01/2016. 3) Extracciones ilegales sobre la faja de exclusión/protección de 100 metros de San Bernardo. A la fecha, la intervención es de gran escala, estimando el volumen extraído en al menos 300.000 m3. Se desea consultar a la DOH si ha oficiado esta situación a la Contraloría General de La República y al Consejo de Defensa del Estado. |