Se requiere información y gestión respecto de la situación de derechos de agua del cauce que actualmente abastece al SSR Pichicolo. (Consultas preliminares indican que no habría disponibilidad de derechos de agua en el punto y cauce de la actual captación).
1.- Se requiere solicitar constitución de derechos en base a lo indicado en el Código de Aguas artículo 147 quater ya que en este caso es con la sola finalidad de garantizar el consumo humano y uso doméstico de subsistencia.
2.- O bien, solicitar un traspaso del derecho actualmente constituido (eventual y discontinuo) a la cuenca y estero donde actualmente se ubica la captación artesanal.
Se efectúa reunión presencial con la presidenta del SSR, profesional de DOH SSR, Directora regional DGA y Agente de Expedientes DGA, con el fin de revisar la situación del SSR, en la cuenca, y posibilidad de solicitar derechos de agua en el rio de donde estan captando. Según información DGA en el punto indicado no existiría disponibilidad por un derecho que se encuentra aguas abajo que agota, por lo cual, considerando que es un SSR, se podría avanzar con el articulo 147 quater. De acuerdo aquello, la DOH ingresara la solicitud para avanzar en ese sentido. |