Audiencias - Año 2024 - Nicolás Ureta - Audiencia AM006AW1412869

Información General
Identificador AM006AW1412869
Fecha 2024-01-25 09:30:00
Forma Videoconferencia
Lugar "To join the video meeting, click this link: https://meet.google.com/stx-gutm-isr Otherwise, to join by phone, dial +56 43 245 2070 and enter this PIN: 249 414 374 0050# To view more phone numbers, click this link: https://tel.meet/stx-gutm-isr?hs=5
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Manuel Ponce Gestor de intereses Caery Allende Abogado DEKRA REVISIÓN TECNICA SPA
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Se requiere que las resoluciones ORD. DOH Ñuble N° 60/2023, ORD. DOH Ñuble N° 14/2022 y ORD. DOH Ñuble N° 182/2022, sean rectificadas o aclaradas, en el sentido que el canal Huape derivado del canal Cato Ñuble, no se encuentra constituido de conformidad al expediente NC-1602-2, por lo tanto, el competente sigue siendo la Asociación de Canalistas Cato y Ñuble.

Si solicitó reunión a la DOH y a la DGA del Ñuble, quienes indicaron que no eran competentes o responden de forma vaga y no al caso concreto (se consultó por sistema SIAC), y se requiere una unificación respecto a este tema por parte de la DGA y el departamento de Organización de Usuarios oficie a la DGA del Ñuble señalando que el canal Huape no se encuentra constituido, en atención a que citan a un canal que no existe a la luz del artículo 196 del Código de Aguas: “Las comunidades se entenderán organizadas por su registro en la Dirección General de Aguas. Las comunidades de aguas que hayan cumplido con este requisito gozarán de personalidad jurídica y les serán aplicables las disposiciones del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, con excepción de los artículos 562, 563 y 564.”