Audiencias - Año 2023 - Jorge Meléndez - Audiencia AL003AW1476166

Información General
Identificador AL003AW1476166
Fecha 2023-12-28 15:30:00
Forma Presencial
Lugar Agustinas #1253 piso 8 oficina 807 Santiago
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Luis Campos Gestor de intereses CONFEDERACION NACIONAL DEL TRANSPORTE PUBLICO CONFENARED CONFENARED
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones.
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento.
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
A dicha audiencia comparece el Sr. Luis Campos Presidente de la Confenared, los Sres. Luis Gomez (STU), Jose Acevedo (STP), Juan Ubilla (STP), Patricio Rojas (STU), Daniel Muñoz (STP), Waldo Villalobos (SRP) todos representantes de Organizaciones sindicales de base de Confenared, el Sr Luis Maluenda Representante de la Empresa STP, por parte el servicio comparecen el Sr. Alejandro Salazar y el Sr. Harold Espinosa. En esta audiencia los comparecientes plantean en primer lugar su molestia por la gran cantidad de fiscalizaciones realizadas a la empresa STP y la falta de criterio por parte de la DT en estas fiscalizaciones. Se indica que mas allá de las valoraciones personales que tanto la Organización Sindical como el representante de la empresa puedan tener sobre el actuar de la DT se indica que esta es un servicio fiscalizador que vela por el cumplimiento de la legislación laboral, previsional y de salud y seguridad en el trabajo y que en relación al tenor de las infracciones constatadas la empresa posee las herramientas administrativas y judiciales para reconsiderar las multas. También comentan sobre una organización sindical que no se habría constituido bajo la ley, se les indica que la autoridad competente para determinar aquello son los tribunales laborales, mas no la Dirección del Trabajo.