Deseo conocer derechos por subsidios en el cual el empleador recibe una suma mayor a la que se me ha cancelados por estar largo tiempo con licencia medica, ya que me llego ordinario 4349 que dice no aplicar recibir por eventuales excesos. a lo que me parece una injusticia ya que el subsidio corresponde íntegramente al trabajador.
Se presentan ante el suscrito y don Harold Espinosa, Coordinador Inspectivo de la Región Metropolitana Poniente los Sres. Jose Luis Diaz y Alfredo Espinoza Espinoza Presidente y Tesorero de Sindicato Codep. Se realiza consulta toda vez que la Corporación Municipal de Pudahuel posee convenio de pago de Licencias Médicas y que la institución pagadora (Isapre) habría enterado montos mayores a los percibidos como remuneración al representante de Organización Sindical Sr. Jose Luis Diaz. En fiscalización realizada en ICT Santiago Poniente el empleador entrega esa diferencia de fondos al trabajador. Posteriormente Dirección del Trabajo emite pronunciamiento al respecto previa consulta del propio Sr. Diaz a través de ORD. 4349 del 10.09.2019 en el que indica la improcedencia de los fondos adicionales toda vez que para el cálculo del subsidio se incluyeron las horas extraordinarias y que el trabajador no debe percibir esos dineros por parte de su empleador. El Sr. Diaz al consultar que debe hacer, se le hace presente que debe restituir los dineros a la Corporación Municipal de Pudahuel. |