Audiencias - Año 2017 - Christian Sergio Melis Valencia - Audiencia AL003AW0276619
Información General
Identificador | AL003AW0276619 |
Fecha | 2017-04-12 15:30:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Agustinas 1253, piso 10. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Marco Beas | Gestor de intereses | Sindicato de Trabajadores Banco Estado | |
Arturo Coloma Alfaro | Gestor de intereses | Sindicato de Trabajadores de BancoEstado | |
Luis Destefani San Martín | Gestor de intereses | Sindicato de Trabajadores de BancoEstado | |
Loreto Pinto Chaura | Gestor de intereses | Sindicato de Trabajadores de BancoEstado | |
Iván Ibáñez Barrientos | Gestor de intereses | Sindicato de Trabajadores de BancoEstado | |
Sebastián Ainzúa | Gestor de intereses | Fundación Terram | Sindicato de Trabajadores de BancoEstado (asesor) |
Gonzalo Sáez | Gestor de intereses | Sindicato de Trabajadores de BancoEstado (asesor) |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Indican que negociarán con la Reforma Laboral y que requieren conocer la visión del Servicio en algunas materias, como en el caso de los servicios mínimos. Indican que han tenido conocimiento de consultas efectuadas por la Superintendencia de Bancos y de propuestas efectuadas por la Asociación de Bancos. La negociación colectiva vence en diciembre y ellos entrarían en la norma en régimen y no en los artículos transitorios. La Dirección del Trabajo indica las atribuciones de la Superintendencia de Bancos y señala que la Asociación de Bancos no ha presentado su propuesta en el Servicio. De igual forma, se indica que si bien este podría ser un estudio interesante para el análisis, no es vinculante. Por su parte, la Dirección licitó un estudio de sector y que es de caracterización de servicios productivos, no se refieren a servicios mínimos, y tampoco es vinculante. Ahora bien, se aclara que de no existir acuerdo entre el Banco y el sindicato, la calificación corresponde a la Dirección del Trabajo, la que recibe la opinión de las partes y resuelve. |