Audiencias - Año 2015 - Christian Sergio Melis Valencia - Audiencia AL003AW0013996
Información General
Identificador | AL003AW0013996 |
Fecha | 2015-07-27 11:15:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Agustinas 1253, piso 10, oficina Director |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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EDUARDO ENRIQUE ALVAREZ ESPINOZA | Gestor de intereses | CONFEDERACIÓN COORDINADORA DE SINDICATOS DEL COMERCIO | |
MANUEL ALEJANDRO DIAZ TAPIA | Gestor de intereses | CONFEDERACION COORDINADORA DE SINDICATOS DEL COMERCIO | |
Roberto Pacheco Pino | Gestor de intereses | CONFEDERACION COORDINADORA DE SINDICATOS DEL COMERCIO | |
SERGIO ALBERTO CISTERNAS NAVARRO | Gestor de intereses | CONFEDERACION COORDINADORA DE SINDICATOS DEL COMERCIO |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Los solicitantes manifiestan las dificultades que se han presentado en la aplicación de la Ley 20823 y que debido a ello solicitarán un dictamen a la Dirección del Trabajo. Según exponen, los empleadores han efectuado una interpretación restrictiva de la Ley que hace que un número importante de trabajadores quede excluido de los beneficios, tales como reponedores, administrativos, guardias propios, quienes realizan trabajos de mantención, en general, los trabajadores que denominan back office y que trabajan en establecimientos de comercio o servicios, los días domingo, en apoyo de la función de los trabajadores que atienden directamente al público. El Director del Trabajo les indica que se está preparando un dictamen sobre la materia, sin perjuicio de lo cual, deben presentar su solicitud de pronunciamiento exponiendo claramente sus consultas. Los dirigentes exponen diversas temáticas, tales como: - La situación de trabajadores cuyos contratos no indican que corresponden a aquellos del número 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, pero que igualmente prestan servicios los días domingo y atienden público; - La situación de trabajadores que dependen de empresas externas y prestan servicios transitorios a quienes no se les hace extensivo el derecho; - La procedencia de cambio en las mallas horarias. Al respecto, el Director del Trabajo explica que algunas empresas judicializaron el tema y en esos casos se debe esperar el resultado de la acción ante Tribunales; Otros temas planteados: - Problemas en procesos de negociación colectiva por recurso de reposición de un sindicato respecto de la incorporación de un trabajador en la negociación, en circunstancia que pertenecería a otra organización. Al respecto el Director del Trabajo les solicita contactarse con la Jefa de Relaciones Laborales que atenderá los casos concretos y aclarará el criterio aplicable. - Se expone problema de los jefes de sucursal, ya que se entendería que representan al empleador, lo que no sería necesariamente así, y que de aplicar el criterio sin discernir caso a caso, implicaría vulnerar sus derechos. - Se solicitará dictamen respecto de pago de horas extraordinarias, ya que en contrato colectivo se mantiene la misma clausula, pero ahora el empleador pretende darle una interpretación diferente. |