Audiencias - Año 2022 - Pedro Contador - Audiencia AL001AW1117710

Información General
Identificador AL001AW1117710
Fecha 2022-06-30 11:00:00
Forma Presencial
Lugar Por especial encargo de gabinete, la audiencia será atendida por el Sr. Pedro Contador, jefe de Asesoría Legislativa y Seguridad Laboral y la señora Pamela Gana, Intendenta de Seguridad y Salud en el Trabajo Huérfanos 1273 piso 9
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Carolina Pizarro Gestor de intereses Carolina
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento.
Especificación materia tratada
Se toma conocimiento de proyecto de ley que se encuentra promoviendo la Sra. Carolina Pizarro, hermana de don Jacob Pizarro (Q.E.P.D.) uno de los pasajeros civiles del avión Hércules C130, siniestrado en el viaje con destino a la Antártida, que busca igualar las condiciones de los civiles cuando viajan en vuelos militares (exigir a las empresas seguros de vida, que los trabajadores tengan sus contratos de trabajo al día - con las remuneraciones que efectivamente reciben; tengan los mismos beneficios que personas de la FACh; que la empresa se preocupe de las condiciones del avión en que viajan sus trabajadores).
La SPS señala que el accidente del Sr. Barriga fue calificado como un accidente de trayecto por la ACHS y conforme a lo establecido en la Ley N°16.744, su hijo recibe actualmente una pensión de supervivencia, cuya base de cálculo podrá ser modificada en el evento que, conforme a lo dispuesto en su artículo 26, se acredite que el Sr. Barriga recibía una remuneración superior a aquélla por la cual le cotizaron, circunstancia que podría establecerse en sede judicial.
Se informa que el seguro de vida que se propone y las materias laborales que se indican incumplidas por la empresa, excedan la competencia de las instituciones ligadas al Mintrab y Previsión Social.