Trabajo Pesado Bomberos de Aeropuertos, según ley 19404.
Manifestaron su disconformidad al estar sujetos, como bomberos de aeropuerto, a distintos regímenes. Cotizan por un 65% de sus haberes, por lo que a la edad de jubilarse, no cuentan con suficientes fondos, por lo que deciden continuar trabajando a pesar de que, según afirman, estándares internacionales recomiendan que bomberos no trabajen luego de los 55 años.
El día 20 de septiembre solicitaron la calificación de 19 casos en distintos aeropuertos de Chile para que sean calificados como trabajo pesado.
El Sr. Pedro Contador les señala que no podemos intervenir en el proceso de calificación, ya que la Comisión Ergonómica es una institución autónoma. Les aconseja hacer seguimiento al proceso de calificación, incluso de forma posterior a su calificación, por si luego los puestos cambian de nombre y hay que solicitar una homologación de puesto de trabajo. Les ofrece mandar un oficio a la Superintendencia de Pensiones, haciendo presente que existe un requerimiento pendiente, y que han solicitado reunirse con gente de esa Superintendencia, y que gestiones la posibilidad de que también esté presente alguien de la Comisión Ergonómica. |